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Nueva propuesta para enmendar Ley 25 que dejó libre a asesino convicto

Se trata de un proyecto de enmiendas presentado por senadora del PNP.

Metro Puerto Rico
Senadora Nitza Morán Suministrada

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La Senadora del Distrito de San Juan, Guaynabo y Aguas Buenas, Nitza Moran Trinidad, radicó el Proyecto del Senado 1466 (P.S. 1466) por petición de la Procuradora Interina de las Mujeres, Madeline Bermúdez, la cual busca enmendar la Ley 25, “Ley para el Egreso de Pacientes de S.I.D.A. y de otras Enfermedades en su Etapa Terminal que están Confinados en las Instituciones Penales o Internados en las Instituciones Juveniles de Puerto Rico”, a los fines de eliminar la referencia específica al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y en los casos de convicciones por feminicidio, agresión sexual, actos lascivos, incesto, trata humana, acecho, venganza pornográfica, violencia doméstica, entre otros delitos relacionados, la evaluación deberá ir acompañada de una recomendación del Secretario de Justicia, la Oficina de la Procuradora de la Mujer, y un sicólogo autorizado.

Según expresa la medida legislativa “el pasado 21 de abril de 2024 cuando partes noticiosos daban cuenta sobre un atroz feminicidio que nos ha dejado consternados.  La víctima, una mujer de 56 años, quien yacía semidesnuda, degollada y con heridas en la cabeza. El acusado, un hombre de 52 años previamente condenado en el 2005 a 122 años de prisión por haber cometido otro vil feminicidio, pero que fue liberado en el 2023 invocando la Ley Núm. 25. La indignación se intensificó más allá del trágico feminicidio al descubrirse que la supuesta paraplejía del acusado, que fundamentó su liberación de la cárcel al amparo de la Ley Núm. 25, supra, resultó ser alegadamente falsa.” “Es por esto que las circunstancias que rodean este horrendo crimen nos convocan a darle una mirada detenida y ponderada a la Ley 25, a fin de garantizar que las disposiciones de esta se ejecuten de manera efectiva para cumplir a cabalidad con los propósitos que motivaron su promulgación”, agrega.

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El Proyecto del Senado 1466 dispone en su escrito que cuando el solicitante haya resultado convicto de feminicidio, agresión sexual, actos lascivos, incesto, trata humana en cualquiera de sus modalidades según contemplados en la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”; incumplimiento de órdenes de protección, maltrato, maltrato agravado, maltrato mediante amenaza, maltrato mediante restricción de la libertad, o agresión sexual conyugal, según contemplados en la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como la “Ley para la Protección e Intervención de la Violencia Doméstica”; acecho, acecho agravado o incumplimiento de órdenes de protección, según contemplado en la Ley Núm. 284 de 21 de agosto de 1999, según enmendada, conocida como Ley Contra el Acecho en Puerto Rico; y, del delito de pornovenganza según contemplado en la Ley Núm. 21-2021, según enmendada, conocida como “Ley Contra la Venganza Pornográfica de Puerto Rico”, se deberá contar con la recomendación favorable de la Procuradora de las Mujeres, el Secretario de Justicia o sus representantes autorizados. Adicional añade la figura de un sicólogo dentro del panel de médicos.

Para la Senadora Moran debería ser prioridad para la Asamblea Legislativa y el Senado de Puerto Rico atender con urgencia este tipo de legislación antes de que culmine la Sesión Legislativa el próximo mes de junio 2024. “Todo Puerto Rico quedo indignado con el suceso del vil asesinato cometido el pasado 21 de abril de 2024. Y quedamos sorprendidos por la manera que el asesino se las ingenio para quedar libre haciendo uso de la Ley 25. Es nuestra responsabilidad buscar alternativas que impidan que sucesos similares vuelvan a suceder en el futuro. La medida presentada por la Procuradora de la Mujer y esta servidora es una herramienta más, otro paso en busca de evitar más tragedias. Estoy informada sobre otras medidas que están siendo evaluadas para ser radicadas en en ambos cuerpos legislativos para acompañar este primer proyecto presentado. Ahora le toca al Senado de Puerto Rico y a la Cámara de Representantes actuar sobre ellas y demostrar que ponen la acción donde ponen la palabra cuando hablan en favor de combatir la violencia doméstica y crímenes violentos”.

Por su parte, la Oficina de la Procuradora de la Mujer expresó en la medida legislativa que “La participación de la Procuradora de las Mujeres y del personal experto que compone la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) definitivamente garantizaría que se tomen en consideración las preocupaciones y necesidades particulares de las víctimas/sobrevivientes, así como proporcionaría un filtro adicional de protección y seguridad para ellas.  Lo anterior, es esencialmente relevante habida cuenta la gravedad y sensibilidad que aparejan los delitos en cuestión, que afectan profundamente la integridad tanto física como emocional y sicológica de las víctimas/sobrevivientes.

Sobre la necesidad de eliminar la referencia específica al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) la medida legislativa señala que desde que se creó la Ley 25 en 1992 el tratamiento sobre la enfermedad era totalmente distinto en aquel entonces a lo que sabemos hoy luego de más de 30 años de evolución y nuevos descubrimientos sobre la enfermedad. Para ese entonces, el SIDA era considerado una enfermedad terminal, conllevando estigmatización y discriminación hacia quienes la padecían.  Los avances médicos y científicos han logrado que el SIDA ya no represente una sentencia de muerte, sino una condición crónica manejable para quienes viven con esta enfermedad con tratamientos médicos que prolongan el tiempo de vida.

“Nos parece que mantener la referencia específica al SIDA en la Ley Núm. 25 es una que no van acorde con los descubrimientos y avances de hoy día. Por lo tanto, proponemos que se elimine dicha mención del estatuto y solo se utilice el término “enfermedad terminal”, lo cual promueve un enfoque inclusivo y respetuoso hacia todos aquellos que enfrentan condiciones médicas terminales”, indicó Moran.

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La pieza legislativa propone cambiar el nombre de la ley 25 a “Ley para el Egreso de Pacientes de [enfermedades en su etapa terminal que están confinados en las Instituciones Penales o internados en las Instituciones Juveniles de Puerto Rico”.

La semana pasada, el representante novoprogresista, Gabriel Rodríguez Aguiló dijo que se aprestaba a presentar una pieza similar para enmendar la Ley 25. El domingo, también la senador popular, Migdalia González Arroyo, presentó el Proyecto del Senado 1467 que busca enmendar la Ley 25-1992, conocida como “Ley para el Egreso de Pacientes de SIDA y de otra enfermedades en su etapa terminal que están confinados en las Instituciones Penales o internados en las Instituciones Juveniles de Puerto Rico”, a los efectos de requerir que toda persona mayor de edad egresada al amparo del estatuto, cuya sentencia esté siendo cumplida por violación a las disposiciones de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, tenga que cumplir su pase extendido utilizando un dispositivo de supervisión electrónica mediante el Sistema de Posicionamiento Global (GPS, por sus siglas en inglés) o cualquier otra tecnología que cumpla con esos fines.

El caso de la excarcelación de Hermes Ávila y posterior asesinato de Ivette Joan Meléndez tiene bajo la mira al Departamento de Corrección y Rehabilitación. El gobernador, Pedro Pierluisi le ha dado un voto de confianza a la secretaria de la agencia, Ana Escobar.

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