El presidente de la Federación de Béisbol de Puerto Rico (FBPR), doctor José Daniel Quiles Rosas, emitió una orden ejecutiva el viernes, 9 de agosto de 2024, para limitar los lanzamientos en la Liga de Béisbol Doble A Juvenil.
Los días de descanso de los lanzadores dependerá de los lanzamientos que realicen durante los juegos.
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“Esta nueva medida garantiza que los lanzadores de la Liga de Béisbol Doble A Juvenil no se sobrecarguen y puedan continuar jugando de manera segura. Son medidas necesarias para prevenir lesiones y asegurar que los jugadores tengan una carrera larga y saludable en el béisbol”, expresó el presidente de la FBPR.
Lanzamientos y días de descanso:
1-40 - No hay días de descanso
41-55 - Un día de descanso
56-75 - Dos días de descanso
76-90 - Tres días de descanso
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91-105 (límite máximo) - Cuatro días de descanso
En caso de violentar la orden ejecutiva, se impondrán las siguientes sanciones:
- El juego o juegos en que el lanzador participó será confiscado a favor del equipo contrario.
- El dirigente que utilizó al lanzador quedará automáticamente suspendido por los próximos cuatro partidos de su equipo.
- El lanzador en cuestión no podrá participar en los próximos tres partidos de su equipo.