La secretaria interina del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, Anaís Rodríguez Vega, declaró una amnistía de 90 días para que los acueductos comunitarios que operan sin contar con una franquicia de agua otorgada por la agencia ambiental soliciten el permiso necesario para legalizar su situación.
“Hemos entendido que los distintos retos que ha enfrentado nuestra isla desde el huracán María han dificultado muchas de las responsabilidades de los manejadores de estos acueductos para actualizarse. Por eso, hemos provisto esta oportunidad para que, aquellas franquicias de agua que no tienen el permiso, normalicen su situación”, expuso la titular de las agencias ambientales.
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Al presentar la solicitud de franquicia con la documentación requerida en el término de la amnistía, no serán referidos a la Oficina de Asuntos Legales del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) ni se les impondrá una multa por aprovechamiento de agua sin franquicia. En los últimos años las inspecciones realizadas por el personal del DRNA han encontrado que hay acueductos comunitarios con pozos de extracción de aguas subterráneas y tomas de aguas superficiales sin las correspondientes franquicias y se han referido a la Oficina de Asuntos Legales del DRNA como parte del proceso de fiscalización y cumplimiento.
Recursos Naturales también desistiría de continuar aquellos procesos que ya están ante dicha oficina por las mismas razones, según la Orden Administrativa Número 2022-05 firmada hoy junto al gobernador Pedro Pierluisi y el alcalde de Caguas, William Miranda Torres,
Según datos del Departamento de Salud, existen un poco más de 240 acueductos comunitarios localizados mayormente en áreas rurales y en algunos casos en áreas remotas de la isla, sirviendo aproximadamente una población de 100 mil personas.
Estos acueductos comunitarios son sistemas de tratamiento y distribución de agua independientes de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados. Históricamente, la mayoría de los acueductos comunitarios han carecido de una estructura de gobernanza y capacidades técnicas, gerenciales y financieras, resultando en bajo cumplimiento con leyes federales y estatales.
Según el DRNA, el monto estimado de consumo se convierte en una cantidad de dinero elevada que estas comunidades tienen que desembolsar al erario, evitando que este mismo dinero sea utilizado en mejoras a los propios sistemas comunitarios.
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El establecimiento de una amnistía, además de ayudar al DRNA a actualizar su sistema de permisos y franquicias facilitando información necesaria para continuar los esfuerzos de fiscalización y análisis del uso del recurso agua, ayudará a aumentar las capacidades gerenciales en la medida que se legalicen sus extracciones y puedan participar de propuestas para obtener fondos federales que contribuyan a mantener sistemas de extracción de agua eficientes para el servicio de la ciudadanía.
El Reglamento 6213 del DRNA establece un sistema de franquicias para el aprovechamiento, uso, conservación y administración de las aguas. Mientras, el Reglamento 8143 provee los requisitos e instrucciones a seguir para uniformar los procedimientos de emisión de facturas a concesionarios del DRNA por concepto de otorgamiento de permisos de franquicias de agua y otros aprovechamientos de los recursos naturales.