El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió el jueves, que la capacidad mínima deseada para ser un profesional del derecho está mejor representada en la actualidad en la puntuación de 569 puntos ajustados en la reválida de derecho general, lo que significa una disminución de la puntuación mínima requerida de 596 puntos ajustados.
Esto se acordó tras recibir el Informe Final de la Comisión Especial para Evaluar la Nota de Pase de las Reválidas de Derecho General y Derecho Notarial, organismo al cual le encomendó evaluar diversos aspectos relacionados a las notas de pase de los exámenes de reválida, entre otros asuntos relacionados.
Según explica la Resolución EC-2022-03 del Tribunal Supremo, los exámenes de admisión a la profesión legal que administra la Junta Examinadora de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría se someten a evaluaciones continuas para asegurar que cumplen con los más altos estándares reconocidos en la práctica de la psicometría para instrumentos de medición de esta naturaleza. Estas evaluaciones han reflejado consistentemente que los resultados producidos por dichos exámenes son válidos y confiables, y representan adecuadamente los conocimientos y las destrezas de las personas evaluadas.
Independiente de la calidad y confiabilidad del examen, el Tribunal Supremo reconoce que es recomendable la evaluación periódica de la puntuación mínima o nota de pase que debe obtener una persona aspirante para aprobar estos exámenes. La evaluación de la nota de pase busca determinar si la puntuación mínima continúa representando la capacidad mínima deseada para ejercer la abogacía o la notaría en nuestra jurisdicción. El último estudio de evaluación databa del año 1985 y a base de este el Tribunal estableció en 1994 la nota de pase de 596 puntos ajustados.
En atención a lo anterior, el Tribunal Supremo determinó analizar si la puntuación mínima actual de 596 puntos ajustados para aprobar los exámenes para ingresar a la abogacía y a la notaría debían modificarse o mantenerse. Por ello, la Junta Examinadora encomendó realizar un estudio psicométrico que evaluara de manera empírica el desempeño de los y las aspirantes. El primer informe psicométrico titulado Conducting a Standard Setting Study for the Puerto Rico Bar Exam and Notary Exam recomendó considerar los factores de política pública que se persiguen en el País en torno al ejercicio de la profesión legal antes de disminuir la puntuación mínima para aprobar la reválida general.
Con el fin de complementar la evaluación requerida para fijar esta puntuación, el Tribunal Supremo creó la Comisión Especial. A esos efectos, entre otros asuntos, la Comisión Especial recopiló datos para informar la radiografía del perfil de los egresados de las tres escuelas de derecho en Puerto Rico y su gestión académica-curricular. Utilizando la información y los datos recopilados por la Junta Examinadora, la Comisión Especial solicitó un segundo informe psicométrico en el que se evaluara de manera empírica el desempeño de los y las aspirantes entre 2010 a 2020. Este segundo informe, titulado Puerto Rico Bar Examination Applicant Comparability Evaluation 2010-2020, concluyó que las personas examinadas en el 2020 no estaban igualmente preparadas para el examen de reválida si se compara con la población de personas examinadas en años anteriores.
Ambos estudios psicométricos, analizados en conjunto con la información recopilada por la Comisión Especial, demostraron que los exámenes de revalida en el país mantienen un nivel de validez en extremo confiable. Los hallazgos y recomendaciones se consignan en el Informe Final que preparó la Comisión Especial. Sin embargo, también reflejan que la capacidad mínima de un abogado o abogada que esté entrando a ejercer la profesión legal está mejor representada en la puntuación de 569 puntos ajustados. Esto tomando en consideración cambios generacionales, cambios en la formación de los estudiantes, cambios en la forma de estudio y cambios en lo que la profesión espera del nuevo abogado o abogada. En cuanto a la reválida notarial, la puntuación mínima permanecerá inalterada en 596 puntos ajustados.
La vigencia de estas notas de pase será efectiva a partir de los exámenes de reválida que recientemente se administraron en marzo de 2022. Esto significa que 72 aspirantes adicionales aprobaron el examen de admisión a la abogacía, para un total de 154 personas lo que representa un porciento de aprobación de 42 por ciento. La Junta Examinadora tomará las medidas administrativas necesarias para la implementación de esta determinación a la brevedad posible.
El Tribunal Supremo también acogió la recomendación de la Comisión Especial a los fines de que, en la medida posible, las puntuaciones mínimas requeridas se revisen cada 10 años.
El Informe Final de la Comisión Especial para Evaluar la Nota de Pase de las Reválidas de Derecho General y Derecho Notarial está disponible en el portal del Poder Judicial, https://poderjudicial.pr/index.php/informe-de-la-comision-especial-para-evaluar-la-nota-de-pase/.