A pesar de la firme oposición de agencias del gobierno y de grupos cívicos y profesionales de la salud, el Senado aprobó el Proyecto 693 que busca restringir el derecho al aborto luego de 22 semanas de gestación.
El proyecto recibió 16 votos a favor, 9 en contra y uno abstenido.
Votaron a favor de la controvertible medida los senadores Migdalia González, Rosamar Trujillo, Elizabeth Rosa Vélez, Juan Zaragoza, Ana Irma Rivera Lassén, Rafael Bernabe, Carmelo Ríos, José Vargas Vidot y María de Lourdes Santiago. La senadora del PNP, Nitza Moran, se abstuvo en la votación.
La votación del martes se produjo luego que la Comisión de Asuntos de Vida y Familia aprobara un informe positivo sobre la medida. Ese informe fue aprobado en votación 11 a 4 y recibió el voto en contra de los senadores Migdalia González, Ana Irma Rivera Lassen, María de Lourdes Santiago y José Vargas Vidot.
La medida impulsada por la senadora de la colectividad fundamentalista Proyecto Dignidad, Joanne Rodríguez Veve, ha sido blanco de incontables críticas por parte de organizaciones cívicas y agencias del gobierno como los departamentos de Salud y Justicia.
Al inicio del debate anoche, Rodríguez Veve sostuvo que la pieza legislativa es “un proyecto que reconoce que el derecho a la intimidad de la mujer no es un derecho absoluto”.
La senadora Migdalia González (PPD) se expresó en contra de la medida por atentar contras las mujeres y narró la historia hipotética de una adolescente que fue violada por su padrastro y quedó embarazada. La legisladora utilizó el ejemplo de la adolescente para dramatizar las consecuencias que enfrentarían mujeres y niñas bajo el orden jurídico que promueve el proyecto.
Mientras tanto, el senador Juan Zaragoza Gómez también se expresó contra la medida y aseguró que la misma afectará particularmente a las clases desventajadas. Anticipó que votaría en contra de una medida que “margina a la mujer pobre puertorriqueña”. “¿Cómo se le va a proveer asistencia a las personas de escasos recursos? Tengamos claro que la regulación o prohibición del aborto en Puerto Rico solo le aplicará a las clases desventajadas porque aquellos con recursos simplemente pagaran un pasaje a otra jurisdicción”, planteó.
María de Lourdes Santiago (PIP) tronó contra la imposición de la maternidad no deseada que “causa de angustia, dolor y marginación”. “Nada compara cuando la maternidad es deseada, pero esa no es la realidad de todas las personas gestantes”, afirmó. Advirtió que la medida es un preámbulo a un intento por prohibir el aborto en su totalidad.
El proyecto 693 es un “retroceso del derecho de las mujeres”, advirtió por su parte la senadora Ana Irma Rivera Lassén (MVC). Destacó que el aborto es legal en Puerto Rico desde 1902 y que la Constitución de Puerto Rico establece el derecho a la intimidad.
Por su parte, el senador independiente José Vargas Vidot, advirtió que el proyecto obligará a las mujeres pobres a regresar a la clandestinidad y “volver al gancho”, en referencia a las acciones extremas a las que en el pasado recurrían las mujeres para interrumpir sus embarazos.
El secretario de Salud, Carlos Mellado, instó en vistas públicas a tener cuidado con la legislación por los factores económicos, médicos y sociales que suceden en la vida de la mujer, así como la importancia que tiene el criterio clínico del médico.
Mellado señaló que “el proyecto habla de 22 semanas, sin especificar el criterio clínico o científico que fundamentaría ese punto de corte. Resulta pertinente destacar en lo que se relaciona al criterio médico y las mejores prácticas de la medicina que, tanto el aborto como la profesión médica son asuntos ya regulados en Puerto Rico”. Asimismo, añadió que “la mayoría de los abortos en Puerto Rico se practican hasta las 14 semanas, que ocurre en la etapa de pre-viabilidad del feto”.
Recientemente, decenas de organizaciones volvieron a expresarse en contra del proyecto e hicieron un llamado a los legisladores a rechazarlo.
También se expresaron contra el proyecto los profesores de Derecho de la Universidad de Puerto Rico.
La medida había sido enmendada para que una víctima de violación pueda “optar” por un parto prematuro, si un médico determina que no se pone en peligro a la madre ni a la criatura.