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Venta de parque en Condado debió pasar por Fortaleza, Hacienda y Justicia, según la ley

El contrato de compraventa firmado por el DTOP alude a una ley que específica el trámite para enajenar propiedades valoradas en más de $100 mil.

Parque Avenida Ashford El parque fue vendido por el DTOP a un precio de $145,000. (Suministrada)

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La controvertible venta a una corporación privada de un parque pasivo frente a la avenida Ashford, en Condado, debió haber contado con las respectivas aprobaciones del gobernador Pedro Pierluisi, el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli, y el secretario de Hacienda, Francisco Parés, según se desprende de la ley que citó el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) en el contrato de compraventa del predio.

Al cierre de esta edición, las portavoces de La Fortaleza, Hacienda y Justicia no habían respondido si, en efecto, cada oficina había otorgado su aval a la venta que realizó, en febrero de 2021, el DTOP a favor de Krug Property LLC, la empresa que desde tres años antes poseía el terreno contiguo al parque.

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En el contrato del 24 de febrero de 2021, donde se completó la transacción por $145,000, el DTOP, representado por el secretario auxiliar de Administración y Recursos Humanos, Luis Rafael González Rosario, hizo constar que la venta del predio en Condado se tramitaba al amparo de la Ley 12-1975, que permite a la agencia disponer de bienes inmuebles “que dejaron de ser de utilidad pública”.

El artículo 1(a) de la Ley 12, sin embargo, menciona que dichas transacciones deben obrar en el interés público y solo pueden completarse “previa aprobación del Gobernador y los Secretarios de Hacienda y Justicia”. Más adelante en el mismo articulado se exime de ese requisito únicamente las ventas de propiedades cuyo valor sea inferior a los $100,000.

La tercera cláusula del acuerdo de compraventa precisa que el 19 de diciembre de 2020 –dos semanas previo al cambio de administración gubernamental– el Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (Cedbi), creado al amparo de la Ley 26-2017 de Cumplimiento con el Plan Fiscal, había decretado que la propiedad “ya no es de utilidad pública” y, por lo tanto, podía ser vendida. Sin embargo, el texto de la Ley 26-2017 no enmendó la Ley 12-1975, por lo que la obligación del gobernador y los departamentos de Justicia y Hacienda de autorizar las ventas de propiedades del DTOP valoradas en más de $100,000 habría permanecido intacta.

Anteayer, la secretaria del DTOP, Eileen Vélez Vega, indicó en declaraciones escritas que la información “que hemos recopilado preliminarmente” apunta a que la venta “se inició en el 2019 y los procesos subsiguientes se dieron de acuerdo con la ley”.

“A tono con esa información he solicitado que de inmediato se lleve a cabo una revisión completa del expediente y se me someta un informe a no más tardar del martes en la tarde”, agregó la funcionaria.

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En caso de que la venta hubiera procedido sin la aprobación del gobernador y los secretarios de Justicia y Hacienda “habría una violación expresa de la ley”, opinó Edgardo Román, expresidente del Colegio de Abogados y Abogadas.

“Hay un asunto que, aunque no está en la ley, debe ser siempre una consideración de política pública, y es el asunto de la comunidad. Fíjate que no se trata de un edificio abandonado del gobierno o de una escuela de estas que ya nadie quiere. Se trata de un parque vacío en el contexto de una comunidad, y la comunidad es la que ha salido a hacer la denuncia. Con independencia de lo que disponga la ley, considero que es una buena política pública consultar a la comunidad”, abundó Román, recordando que es práctica común que asociaciones de vecinos se hagan cargo de sus espacios recreativos, liberando al gobierno –estatal o municipal– de esa responsabilidad.

El planificador y urbanista Pedro Cardona Roig lamentó que desde la llegada de la Junta de Control Fiscal en 2016 el gobierno haya intensificado la práctica de enajenar bienes inmuebles, siendo el Cedbi el instrumento que se ha utilizado para canalizar las transacciones.

En el pasado lustro “los trámites se han estado violentando, los requisitos legales se han estado pasando por alto, y te puedo decir que eso más o menos coincide con (los años) 2017 y 2018, cuando realmente empezamos a ver eso”, sostuvo el otrora vicepresidente de la Junta de Planificación.

El Cedbi actualmente lo preside el secretario de Estado y director de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal, Omar Marrero, y también lo componen Juan Carlos Blanco, director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, y el secretario de Desarrollo Económico y Comercio, Manuel Cidre.

Si bien el contrato, notarizado por la licenciada Grace Marie Figueroa Irizarry, no detalla bajo qué cláusula el DTOP transfirió el predio a Krug Property, el reglamento del Cedbi dispone una serie de escenarios en los que un potencial comprador recibirá un “derecho de adquisición preferente” que pudiera dar paso a una venta directa, sin atravesar un proceso de subasta.

Entre ellos, se indica que tendrán preferencia los “dueños de los predios colindantes”, como es el caso de Krug Properties, que al adquirir el terreno del DTOP agrupó ambas parcelas y solicitó un permiso para construir un condominio de 12 plantas que incluiría siete unidades de vivienda, de acuerdo con el portal de la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe).

“Esto es parte de unos activos públicos, es un parque, y los parques por definición tienen un proceso para poderse enajenar y, entonces, dar paso a procesos como los de venta. Primero hay que demostrar que el uso para el cual fue dedicado ese lugar público ya no es relevante, ya no es necesario. No puedo eliminar un parque porque quiero montar ahí un condominio. Tengo que demostrar que ese parque ya no es necesario, ya la gente no lo va a usar. No sé cuáles pueden ser unas razones para justificar eliminar un parque”, indicó Cardona Roig, al añadir que el proyecto de vivienda, propuesto por el arquitecto José Fernando Vázquez Pérez, violenta los parámetros de desarrollo para la zona del Condado.

Vázquez Pérez es esposo de Monique Guillemard, hermana del cuñado del gobernador Pierluisi, Andrés Guillemard.

Según Cardona Roig, por tratarse de una zona bajo un plan especial, los permisos de construcción y uso están sujetos a la evaluación de la OGPe y no del municipio de San Juan.

“Hay violaciones en altura, en patio, en ocupación, en densidad. Fuera de lo que es la ocupación del parque, dentro de la parcela de uso residencial actualmente existente, esa parcela no admite un edificio de esa altura y volumen. Por eso, cuando miras la solicitud de permisos, te das cuenta que hay un montón de variaciones. Eso quiere decir que el proyecto propuesto se desvía de lo planteado en la reglamentación”, manifestó el arquitecto.

Por debajo del valor de mercado

La transacción de la parcela –de 178 metros cuadrados– por $145,000 arroja un precio de $811 por cada metro cuadrado.

“La propiedad de al lado (que adquirió Krug en 2018) la compró a $1,113 por metro cuadrado. Si le ponemos ese precio a los 170 metros, la diferencia es $50,000. Sí, se vendió por debajo de lo que tal vez vale hoy día, pero la diferencia no es mucha tampoco. Cuando tienes $150,000, conseguir $50,000 en un préstamo personal sin garantía se puede hacer”, planteó Ruby González, presidenta de la Asociación de Realtors, utilizando datos de la base del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales.

Krug Property adquirió, en 2018, la propiedad aledaña al parque, un terreno de 494 metros cuadrados según la escritura, por un precio de $550,000.

Aunque González comentó que la discrepancia entre el precio y el valor de mercado en la venta del parque no era particularmente amplia, Cardona Roig y Román sostuvieron, por separado, que el gobierno tiene la “obligación” de garantizar que no cede sus bienes por debajo de la tasación.

“La gran preocupación que uno tiene en relación con todo bien público es que lo que se vaya a hacer, además de hacerlo dentro del marco de la ley, debe responder a una política pública de cero corrupción”, puntualizó Román, recordando que uno de los cargos por los que se declaró culpable la exsecretaria de Educación Julia Keleher fue, precisamente, la intención de utilizar su poder como funcionaria para ceder un terreno público a un ente privado a cambio de recibir un beneficio en su carácter personal.

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