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Justicia no radicará cargos contra personas por falsa desaparición de hombre en la Poza del Obispo

“Distinto a la jurisdicción federal, no existen elementos para radicar ningunos de los delitos examinados bajo las leyes de Puerto Rico”, señaló la fiscal

El Departamento de Justicia informó hoy, viernes, en horas de la tarde, que no radicarán cargos contra Harold Carrión Butter; su madre, Justina Butter; o novia, Miriam Delgado Serrano, por la falsa desaparición en la Poza del Obispo en Arecibo el pasado 28 de junio.

La fiscal Yolanda Pitino Acevedo, en declaraciones escrita, explica que “distinto a la jurisdicción federal, no existen elementos para radicar ningunos de los delitos examinados bajo las leyes de Puerto Rico en torno a la investigación sobre la desaparición falsa de Harold Carrión Butter”.

La agencia evaluó si se cometieron los delitos tipificados en los artículos 239 y 268 del Código Penal de Puerto Rico. Estos son: hacer una llamada telefónica falsa a sistemas de emergencias y realizar una declaración o alegación falsa sobre un delito.

“El conocimiento de Justinita Butter Torres, posterior a la llamada al 911, de que su hijo estaba vivo y no haberlo informado a las autoridades, no es suficiente en Derecho para determinar que cometió los delitos mencionados o encubrimiento. Por lo que, a nivel estatal, no procedía su procesamiento”, concluyen las expresiones.

El fiscal federal Timothy Henwood informó el viernes que un Gran Jurado federal presentó cargos criminales contra Harold Carrión su madre y novia.

Expuso que se les acusa de conspiración para comunicar una señal de socorro falso, conspiración para alterar registros federales y alteración de registros en investigaciones federales. Tanto la madre y novia del falso desaparecido recibieron varios cargos criminales por declaraciones falsas a persona de la Guardia Costera y a los agentes de investigación de la Guardia Costera.

Si son declarados culpables de conspiración, enfrentan hasta cinco años de prisión. Además, si son declarados culpables de comunicación de carga de señal de comunicación falso, podrían enfrentar de 5 a 10 años de prisión; y si son declarados culpables de falsificación de registros, podrían enfrentar hasta 20 años de prisión.

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