El gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi, firmó el Proyecto de la Cámara 1194 para que toda persona que haya sido multada por infracciones a las leyes de tránsito, y acuda a los tribunales para ejercer su derecho a revisión, se le detengan los términos establecidos para los pagos y descuentos correspondientes hasta que el tribunal emita una sentencia.
Actualmente, la Ley 22-2000 provee incentivos a quienes incurran en faltas administrativas de tránsito. En caso de que se pague la multa en o antes de 15 días a partir de la fecha de la infracción, el descuento es de 30 por ciento. Si se paga la multa transcurridos los 15 días, pero antes de los 30 días, el descuento entonces sería de un 15 por ciento. Transcurridos los 30 días, aplicará un recargo de $10 y a partir de ahí, conllevará un recargo de $5 adicionales por cada mes de retraso.
Tanto el Departamento de Hacienda como de Transportación y Obras Públicas se expresaron a favor del proyecto. Hacienda explicó que llevará a cabo la programación necesaria para cumplir con las disposiciones establecidas. Mientras tanto, la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) explicó que las proyecciones financieras y de recaudos contenidas en el Plan Fiscal no se verán afectadas ya que van dirigidas a aumentar la captación de recaudos y lo esbozado en el proyecto cameral no implica una disminución en el pago de multas, sino que el efecto recaería en el momento de la captación de la multa.
Por otra parte, y en la continuación de medidas relacionadas a la salud, Pierluisi firmó el Proyecto de la Cámara 280, que al enmendar la Ley de Vehículos y Tránsito en Puerto Rico (Ley 22-2000), dispone que a los pacientes con diversas condiciones que afectan la piel de manera permanente, no se les requerirá renovar el permiso o certificación para el uso de tintes en el parabrisas y las ventanas de los autos. Esta excepción aplicará a quienes tengan diversos tipos de lupus, melanomas malignos, vitíligo, psoriasis, albinismo y esclerosis múltiple.