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No recomiendan designación FEI a alcalde de Isabela por alegado perjurio

El querellante alegó que el alcalde mintió, bajo juramento, en las vistas judiciales celebradas para atender la solicitud de una orden de protección

Miguel ‘Ricky’ Méndez Pérez, alcalde de Isabela
Miguel ‘Ricky’ Méndez Pérez, alcalde de Isabela Miguel ‘Ricky’ Méndez Pérez, alcalde de Isabela

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El Departamento de Justicia indicó que la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor (DIPAC) culminó la investigación preliminar sobre una querella presentada contra el alcalde de Isabela, Miguel E. Méndez Pérez por alegado perjurio.

En la querella presentada el pasado 5 de noviembre, el querellante, Nathanael Arroyo Martínez, alegó que el alcalde mintió, bajo juramento, en las vistas judiciales celebradas para atender la solicitud de una orden de protección al amparo de la Ley 284 -1999, conocida como Ley en contra del Acecho de Puerto Rico. La orden de protección fue otorgada a favor del alcalde y en contra del señor Arroyo Martínez.

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Tras evaluar la prueba, la DIPAC concluyó que la acción del querellante es un ataque colateral a la determinación del tribunal al conceder la orden de protección solicitada por el alcalde Méndez Pérez. Añadió que, bajo las circunstancias de este caso, la credibilidad de las partes fue adjudicada por el juez que presidió las vistas, por lo que “no le corresponde al Ministerio Público atender las alegaciones de perjurio basadas en la apreciación del querellante sobre el testimonio del peticionario”, establece el informe. Además, determinó que le corresponde al Tribunal Apelativo revisar todas alegaciones que se relacionan con la apreciación de la prueba, mediante el recurso de Certiorari que fue presentado por el querellante.

Ante este escenario, considerando el quantum de evidencia aplicable en esta etapa de los procedimientos, luego de evaluar toda la prueba recopilada y tras analizar el derecho aplicable, la DIPAC determinó que no existe causa suficiente para creer que, por los hechos investigados, el alcalde de Isabela haya cometió el delito de perjurio, según dispuesto en el artículo 269 del Código Penal de Puerto Rico. Por lo que no recomendó la designación de un Fiscal Especial Independiente.

El secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández, acogió la recomendación de la DIPAC y remitió el referido a la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (OPFEI). Asimismo, envió las notificaciones correspondientes a las partes.

“Acogemos la recomendación de la DIPAC y, a esos efectos, recomendamos al PFEI que no designe un Fiscal Especial Independiente con relación a las actuaciones imputadas al alcalde de Isabela, Miguel E. Méndez Pérez”, lee la carta enviada por el secretario a la OPFEI.

Debido a que el caso se encuentra ante la consideración de la OPFEI, el secretario y los funcionarios del Departamento de Justicia no emitirán declaraciones adicionales al respecto

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