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Establecen proceso para apelar tu clasificación o pago del Plan de Clasificación y Retribución del gobierno

Te decimos cómo puedes hacerlo

Torre Minillas
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Si eres de los empleados públicos que no está de acuerdo con la clasificación o con el pago correspondiente al Plan de Clasificación y Retribución del gobierno, puedes apelar la determinación.

Según Zahira Maldonado Molina, directora de la Oficina de Administración y Transformación para los Recursos Humanos (OATRH) del Gobierno de Puerto Rico, el plan comprende 22,000 empleados públicos que reciben su nueva clasificación, sin embargo, solo 11,000 tendrían algún tipo de aumento salarial.

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Los empleados que recibirían el ajuste salarial y que están suscrito al deposito directo ya deben haberlo visto reflejado, mientras que lo que cobran por cheque lo recibirán a partir de hoy, indicó Zahira Maldonado Molina, directora de la Oficina de Administración y Transformación para los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico.

Maldonado Molina explicó que este ajuste aprobado en el plan fiscal del gobierno y que busca equiparar las escalas salariales del sector privado y el sector público, es un mandato de la Ley 8, Ley del Empleador Único de 2017. Esta ley aplica a 65 agencia del gobierno.

La OATRH unificó 176 planes de clasificación de puestos, documento donde están los títulos de los puestos con su descripción de deberes y los requisitos mínimos para ocuparlos y los redujo a dos, uno para el servicio de carrera y otro para el servicio de confianza. De igual manera, según Maldonado Molina, en las agencias comprendidas por Sistema de Administración de Recursos Humanos había más de 22,000 títulos de puestos que ahora se redujeron a 1,500.

“Lo que se hizo en este momento para la implementación del plan de retribución, que no es otra cosa que las escalas salariales, fue un estudio de mercado para ver cuánto estaban pagando estas posiciones en el sector privado y de esa manera, establecer las escalas para que en esta primera fase, se atiendan aquellos empleados que estaban por debajo de lo que paga el sector privado por las funciones que realizan”, señaló.

Este es el proceso que debes seguir para apelar

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Maldonado Molina reconoció que el proceso no es perfecto, por lo que instó a los empleados que no están de acuerdo con su ajuste, a solicitar una revisión. Los empleados tienen unos 30 días para poder apelar.

“Ciertamente sabemos que no va a ser un proceso perfecto. Las agencias que fueron quienes clasificaron a sus empleados, pues son quienes mejor conocen cuáles son las funciones que realizan. En las notificaciones que se le enviaron a los empleados se les advierte su derecho a pedir una revisión”, dijo.

Como primer paso, Maldonado Molina explicó que se debe acudir a la agencia para la cual trabaja, pues fue entre el 2018 y 2019 se comenzó el proceso donde los empleados completaron los documentos donde describían cuáles eran las funciones para que se les clasificara de acuerdo a las funciones que realizaba. El proceso se actualizó entre agosto y enero de este año, donde las agencias tuvieron la oportunidad de revisar sus plantillas y hacer ajustes.

“Aún así sabemos que se pudo haber quedado uno que otro caso y exhortamos a nuestros servidores públicos que de alguna manera no estén conformes con la clasificación que hayan recibido a que presenten su solicitud de revisión ante la autoridad nominadora de su agencia porque entendemos que las agencias son quienes conocen el trabajo que hacen nuestros servidores públicos, pues son quienes en este momento están mejores posicionada para atender cualquier reclamación y si hay que variar la clasificación que se otorgó, porque hubo cualquier error, pues que así lo puedan hacer”, puntualizó.

Una vez la agencia recibe la solicitud de revisión, tendrá 60 días para atenderla. De no atenderla en el término establecido o si el empleados está en desacuerdo con lo que determine la agencia durante ese periodo, deberán acudir ante la Comisión Apelativa del Servicio Público, foro revisor de la agencia del Sistema de Recursos Humanos del gobierno central para que entonces allí lleven sus reclamos en apelación.

En el caso de los empleados unionados, pueden comparecen durante estos procesos en la agencia con sus representantes exclusivos, mientras que los empleados que no son sindicados pueden presentarse por derecho propio.

Estas agencias no están dentro del plan

Molina indicó que otras agencias que no están bajo la Ley 8, como es el caso del Departamento de Educación también se encuentran en proceso de actualizar su plan de clasificación y retribución para el servicio clasificado y le han solicitado asistencia a la OATRH. Otras empleados que tampoco forman parte del plan son los policías, bomberos, oficiales correccionales, los de la Universidad de Puerto Rico y las corporaciones públicas.

“Hay algunos que ya están ante la consideración de la Junta de Supervisión Fiscal, pendiente de aprobación, así que todos nos estamos moviendo hacia una actualización de lo que son las escalas salariales a nivel gubernamental porque muchos casos, pues sí una agencia tenía mayor presupuesto, pues quizás actualizaba sus planes y sus escalas de conformidad, pero había muchas agencias que quedaron rezagadas en esos procesos que llevaban ellas mismas”, sostuvo.

Agencias que les aplica la Ley 8

1. Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia (ADSEF)

2. Administración de Familia y Niños (ADFAN)

3. Administración de Rehabilitación Vocacional (ARV)

4. Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA)

5. Administración de Servicios Generales (ASG)

6. Administración de Vivienda Pública (AVP)

7. Administración para el Cuidado y Desarrollo Integral de la Niñez (ACUDEN)

8. Administración para el Desarrollo de Empresas Agropecuarias (ADEA)

9. Administración para el Sustento de Menores (ASUME)

10. Comisión Apelativa del Servicio Público (CASP)

11. Comisión de Desarrollo Cooperativo de PR (CDCOOP)

12. Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación (CIPA)

13. Comisión de Juegos del Gobierno de Puerto Rico (antes AIDH)

14. Comisión para la Seguridad en el Tránsito (CST)

15. Consejo para la Protección del Patrimonio Arqueológico Terrestre de Puerto Rico (ICP)

16. Corporación de las Artes Musicales (CAM)

17. Corporación del Centro de Bellas Artes de PR (CBA)

18. Defensoría de las Personas con Impedimento (DPI)

19. Departamento de Agricultura (DA)

20. Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO)

21. Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR)

22. Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) (JP, OECI, OGPe, OEPPE y COM JUEGOS)

23. Departamento de Estado

24. Departamento de Hacienda

25. Departamento de Justicia (DJ)

26. Departamento de la Familia (Secretariado)

27. Departamento de la Vivienda (DV)

28. Departamento de Recreación y Deportes (DRD)

29. Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) (JCA y Programa Parques Nacionales)

30. Departamento de Salud (DS)

31. Departamento de Seguridad Pública (DSP)

32. Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP)

33. Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH)

34. Guardia Nacional de Puerto Rico (GNPR)

35. Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP) (Consejo para la Protección del Patrimonio Arqueológico Terrestre de Puerto)

36. Junta de Calidad Ambiental (JCA) (DRNA)

37. Junta de Libertad Bajo Palabra (JLBP) (DCR)

38. Junta de Planificación (JP) (DDEC)

39. Junta de Relaciones del Trabajo (JRT)

40. Junta de Retiro del Gobierno de Puerto Rico

41. Junta Reglamentadora de Sistema Público (JRSP) (NET, NTSP y OIPC)

42. Negociado de Investigaciones Especiales (NIE)

43. Negociado de la Policía de Puerto Rico (NPPR)

44. Negociado de Sistema de Emergencias 9-1-1 (NSE911)

45. Negociado de Telecomunicaciones de Puerto Rico (NET) (JRSP)

46. Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos (NTSP) (JRSP)

47. Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico (NCB)

48. Negociado del Cuerpo de Emergencias Médicas (NCEM)

49. Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres (NMEAD)

50. Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico (OATRH)

51. Oficina de Exención Contributiva Industrial (OECI) (DDEC)

52. Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) (ahora Secretaria Auxiliar de Gerencia de Permisos (DDEC))

53. Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP)

54. Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM)

55. Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF)

56. Oficina del Comisionado de Seguros (OCS)

57. Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA)

58. Oficina del Procurador de Salud (OPS / OPP)

59. Oficina del Procurador del Veterano (OPV)

60. Oficina Estatal de Conservación Histórica (OECH)

61. Oficina Estatal de Política Pública Energética (OEPPE) (Programa de Política Pública Energética) (DDEC)

62. Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC) (JRSP)

63. Oficina para el Desarrollo Socio-Económico (ODSEC)

64. Programa de Parques Nacionales (DRNA)

65. Puerto Rico Innovation and Technology Services (PRITS)

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