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Senado analiza medida que propone regular licenciamiento de establecimientos de cuidado para adultos mayores

Se atenderían, también, aquellos con condiciones de fragilidad que no alcanzan los 60 años

Para derogar la Ley de Establecimientos para personas de Edad Avanzada, la Comisión de Bienestar Social y Asuntos de la Vejez realizó una vista pública para atender medida que busca crear la Ley para Regular el Licenciamiento y Supervisión de los Establecimientos de Cuidado para Adultos Mayores y Adultos con Condición de Fragilidad, también conocida como el Proyecto del Senado 1063.

Según una comunicación escrita, el PS 1063 pretende atender a los adultos mayores y aquellos con condiciones de fragilidad que no alcanzan los 60 años.

“La Ley 94 ha sido enmendada en 13 ocasiones para atemperarla a las circunstancias del momento. El historial de las enmiendas demuestra que es necesario establecer un nuevo ordenamiento legal con nuevos enfoques que permitan cumplir con las demandas de nuestros adultos mayores. Cada uno de los cuidados que necesitan comprenden niveles mínimos, intermedios y máximos, y son un punto de partida para licenciar los centros que ofrecen servicios de cuidado a esta población con el fin de que estén reglamentados por el Departamento de la Familia y el Departamento de Salud”, mencionó la presidenta de la comisión, Rosamar Trujillo Plumey.

Por un lado, la secretaria del Departamento de la Familia (DF), Ciení Rodríguez Troche, expuso en su ponencia que la agencia tiene como facultad evaluar, licenciar y supervisar todos los establecimientos que se dedican al cuidado de adultos mayores en Puerto Rico por virtud de la Ley 94. No obstante, el ordenamiento jurídico no provee que Familia pueda licenciar a los establecimientos que se dediquen al cuidado de personas con alguna discapacidad o condición de fragilidad.

“Con esta necesidad social apremiante, el Departamento de la Familia recibió, en el año 2021, 102 dispensas, y para el año en curso se han recibido 125 solicitando que personas con alguna discapacidad puedan recibir servicios de cuidado en los establecimientos licenciados para adultos mayores. Por esto, recalcamos la necesidad urgente de establecer una ley que regule los servicios prestados a esta población que representa un sector importante en nuestra sociedad”, sostuvo Rodríguez Troche.

Asimismo, el DF enfatizó que tienen peritaje para licenciar hogares que alberguen a personas que tengan situaciones físicas. En cuanto a aspectos de cuidados psicológicos o de otra índole le corresponde al Departamento de Salud y la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA). También, la administradora de la agencia agregó que, a febrero del año en curso, subvencionaron 4,894 adultos mayores.

Pese a que endosan la medida, la asesora legal del Departamento de Salud, Nilda Ortiz Burgos, en representación de la agencia, propuso que se enmiende el proyecto para que las investigaciones y evaluaciones a los establecimientos de cuidado para adultos mayores sean realizadas enteramente por el Departamento de la Familia.

“Esta enmienda evitaría la burocracia y dilación de procedimientos que deben darse en un periodo de tiempo razonable. Además, estas funciones son acordes con deberes ministeriales de dicha agencia. Depositar en otras agencias la responsabilidad de iniciar, concluir o evaluar investigaciones expone a los adultos mayores a continuar viviendo las vicisitudes que generaron la investigación”, expuso el Departamento de Salud en su ponencia.

Asimismo, añadió que el departamento cuenta con el Programa de Envejecimiento Saludable para desarrollar estrategias para la prevención y el manejo de las condiciones que mayormente afectan la salud de este sector poblacional.

Por otro lado, tanto la Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración como Insignia Senior Living se opusieron a la medida, según está redactada, por encontrar que limita de manera impermisible la estructura de modelo de servicios, y establece disposiciones que menoscaban el derecho a desarrollar la actividad empresarial desde la concepción corporativa del servicio.

La presidenta electa de la asociación, Minerva Gómez Ramos, recomendó que se establezca una mesa de trabajo para que surja un proyecto de consenso que permita renovar, atemperar y actualizar la legislación de licenciamiento de la actividad empresarial de los dueños de centros de envejecientes. Asimismo, enfatizó que está de acuerdo con la senadora Trujillo Plumey con que se derogue la Ley 94, pues “no aguanta otra enmienda”.

“Yo reconozco el servicio que ustedes ofrecen, pero mi norte es la población de adultos mayores. La razón de este proyecto es mejorar la calidad de servicio de los envejecientes”, enfatizó la también senadora por el distrito de Humacao.

Como parte de la discusión, el senador Juan Oscar Morales le recomendó a la asociación que someta por escrito las enmiendas que desean realizar al proyecto para que la legislación sea adecuada para el funcionamiento de los centros de cuidado para adultos mayores.

Pese a que la comisión citó a la Oficina de Administración de los Tribunales, se excusaron y comentaron que “el Poder Judicial tiene por norma general abstenerse de emitir juicio sobre asuntos de política pública gubernamental de la competencia de las otras ramas de gobierno”.

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