La magistrada federal que preside la quiebra de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), Laura Taylor Swain, falló hoy en contra de los bonistas que litigaban si sus bonos eran asegurados o no, y ante la insistencia de la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) de que no lo eran.
En el fallo de 70 páginas, la jueza determinó que la reclamación de los tenedores de bonos de la corporación pública está limitada al valor de los ingresos netos de la AEE.
“El Tribunal sostiene que el contrato de fideicomiso otorgó a los bonistas intereses de garantía solo en dinero realmente depositado en el Fondo de Amortización, el Fondo de Autoseguro, el Fondo de Mejoras de Capital, el Fondo de Reserva de Mantenimiento y el Fondo de Construcción (según se define en el Contrato de Fideicomiso)”, lee la sentencia.
“Los bonistas han perfeccionado sus gravámenes en el Fondo de Amortización, en el Fondo de Autoseguro y en el Fondo de Mantenimiento de Reservas, sobre los cuales el fiduciario ha establecido control”, continúa.
La opinión de la jueza indica que los tenedores de bonos no tienen ningún interés de seguridad en los convenios y recursos previstos en el Contrato de Fideicomiso, pero con base en los convenios de pago y reparación equitativa de la AEE en el Contrato de Fideicomiso, los bonistas tienen un reclamo no garantizado para ser liquidado por referencia al valor de los Ingresos Netos futuros, según se define en el Contrato de Fideicomiso.
El Tribunal determinó además que el valor de los ingresos netos de la AEE se debe determinar más adelante mediante negociación o posible litigación, siempre y cuando se considere la escritura del fideicomiso, que da prioridad a los gastos corrientes, y la ley aplicable que obliga a que las tarifas sean razonables.
No reduce el pago
Sin embargo, aunque para Eva Prados, abogada y portavoz del Frente Ciudadano por la Auditoría de la Deuda en Puerto Rico, el fallo de la jueza confirma la postura de esa organización de que la deuda de los bonistas no es una reclamación asegurada, levantó bandera roja sobre la realidad de que esta opinión de la magistrada no significará necesariamente una reducción en el pago de la deuda.
“Lo que nos preocupa es que, como quiera, la JSF está planteando en el Plan de Ajuste de la Deuda que como quiera le estarían pagando más a los bonistas y a su vez se mantendría la misma estructura de transferir el pago de estos bonos a la ciudadanía”, aseguró la reconocida abogada.
“Por un lado, el tribunal resuelve precisamente que esto es deuda no asegurada, pero, por otro, esto no significa que la JSF va a reducir el pago de la deuda, que es lo que hemos planteado desde el principio. Si esto es deuda no asegurada, y actualmente la AEE no cuenta con los recursos económicos para poder pagar la deuda tal cual se tiene, pues hay que reducirla sustancialmente porque el país no aguanta aumentos en factura en estos momentos”, añadió.
Prados lamentó que la JSF mantenga en su plan de ajuste una negociación y una promesa de pago para los bonistas que resulta insostenible para el país.