El presidente de la Cámara de Representantes, Rafael “Tatito” Hernández, anunció que el gobierno de Puerto Rico, mediante el gobernador Pedro Pierluisi, se unió al recurso legal presentado por el cuerpo legislativo para apelar la determinación de la jueza de quiebras, Laura Taylor Swain, que declara nulas las enmiendas a la reforma laboral.
“Hoy el gobierno de Puerto Rico tomó la decisión correcta y se unió al reclamo de la Cámara de Representantes de apelar la determinación de la jueza Swain de anular la Ley 41-2022″, escribió el presidente de la Cámara en sus redes sociales.
PUBLICIDAD
Esta misma semana, el presidente también radicó un recurso que busca busca dejar sin efecto la determinación de la jueza federal de quiebras Laura Taylor Swain mientras se dilucida la decisión en el Primer Circuito de Apelaciones de Boston.
El interdicto preliminar presentado por la Cámara señala que la declaración de nulidad de la Ley 41-2022 ubicó a miles de trabajadores privados en una situación de extrema vulnerabilidad ante el anuncio realizado por las organizaciones que agrupan a patronos privados quienes notificaron que se encuentran evaluando las alternativas legales disponibles para reclamar la devolución del dinero pagado “en exceso”, al revertir las protecciones concedidas por ese estatuto.
El recurso reclama, además, que la jueza Swain deje sin efecto la nulidad de la Ley 41-2022, mientras el tribunal en Boston examina la apelación y emite su dictamen, y expone que resultaría sorpresivo e iría contra los propios actos de los demandantes cualquier oposición a esta solicitud basado en la estrategia de litigación utilizada la cual permitió que la ley entrara en vigor, se actualizara la reglamentación interna aplicable a los patronos privados y entraran en vigor mayores protecciones para la clase trabajadora.
¿Qué cambia al declararse nulas las enmiendas a la Reforma Laboral?
Durante la noche del viernes bajó una decisión de la jueza de quiebras a nivel federal, Laura Taylor Swain, declarando nula la Ley 41-2022 que enmendaba la reforma laboral implementada en el 2017 durante la administración del entonces gobernador Ricardo Rosselló.
PUBLICIDAD
La decisión se da luego de una demanda presentada por la Junta de Control Fiscal en septiembre del 2022 alegando que la Ley 41 “añadiría requisitos de la legislación laboral que afecta negativamente la flexibilidad del mercado laboral”.
“Se concede la Solicitud de Sentencia Sumaria de la Junta de Supervisión con respecto al Cargo II de la Demanda, y se niega con respecto al Cargo I de la Demanda. La Ley 41, y las acciones que se hayan tomado para implementarla, son nulas y sin efecto ab initio (desde el inicio)”, lee la moción de la jueza Swain.
Esto quiere decir que las enmiendas son declaradas nulas “ab initio”, que significa “desde el comienzo”, como si nunca hubieran existido.
¿Qué cambiaba la Ley 41-2022 que fue declarada nula?
- Disminuía el periodo probatorio a tres meses con posibilidad de extenderse con notificación previa al empleado.
- Los trabajadores de jornada completa tenían un aumento de 1.25 días por mes de vacaciones.
- Añadía medio día por mes de vacaciones y un día por enfermedad para empleados de jornada parcial.
- Acumulación para el bono de navidad se reducía de 1,350 horas a 700 horas y 900 horas para las Pequeñas y medianas empresas (Pymes).
- Las horas extras en exceso de las 10 horas se pagaban a tiempo doble en acuerdos de flexitime. Sin acuerdo de flexitime a tiempo y medio.
- Indicaba que las disposiciones ambiguas en contratos de empleo debían interpretarse a favor del empleado.
- Término prescriptivo para acciones contractuales aumentaba de 1 año a 3 años.
- Exigía que a los estudiantes se les pagara doble en días de descanso. (No incluye a Pymes).
- Acumulación de licencias para personas empleadas a tiempo parcial.
- Aumentaba acumulación de licencias para personas empleadas a tiempo completo.
- Eliminaba el tope de 10 días para liquidar la licencia por vacaciones acumuladas.
- Se reducía el número de horas trabajadas requeridas para cualificar para el pago del bono de navidad de 1,350 a 900 o 700 horas, según sea el caso.
La determinación prohíbe al gobernador y cualquier funcionario del gobierno que trabajen para hacer cumplir la ley 41.
“El Tribunal prohíbe y ordena de manera permanente que el Gobernador u otras personas que estén en concierto o participación activa con el Gobernador tomen medidas para ayudar a las partes privadas a implementar o hacer cumplir la Ley 41″, lee el documento.
El pasado año, la Junta de Control Fiscal presentó un análisis donde aseguraba que la Reforma Laboral tendría un efecto negativo en el mercado laboral de Puerto Rico y en la economía en general.
Desde el anuncio de la firma de la Reforma Laboral, hubo choques entre el gobernador Pedro Pierluisi y la Junta de Control Fiscal por la implementación de la misma.