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ODSEC retira reglamento que no cumplía con requisitos que se supone garanticen la participación ciudadana

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico desestimó la revisión judicial sometida por siete líderes comunitarios en contra de la ODSEC

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico desestimó la revisión judicial sometida por siete líderes comunitarios en contra de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico (ODSEC), debido a que la propia oficina solicitó retirar el Reglamento 9427 del Departamento de Estado, provocando la anulación del mismo.

“Esta es una gran victoria que se haya retirado el Reglamento inicial. Sin embargo, seguiremos persistentes en cuanto a la participación ciudadana con el reglamento propuesto ahora, porque el Gobierno no puede decidir por nosotros”, expresó Modesta Irizarry, lideresa comunitaria de Loíza sobre la decisión que el Tribunal emitió ayer.

En este recurso, los líderes buscaban impugnar el reglamento para el Establecimiento de Juntas Comunitarias por no cumplir con las garantías del debido proceso de ley, en detrimento de la participación del liderato comunitario. La impugnación, sometida por la organización sin fines de lucro Firmes, Unidos y Resilientes con la Abogacía (FURIA, inc.), solicitaba al Tribunal que declarara nulo el Reglamento por no cumplir con los requisitos de notificación a través de red de internet y periódicos regionales para asegurar que la población conociera sobre el proceso de reglamentación.

FURIA indicó que ODSEC indujo a error al enviar el anuncio sin fecha a algunos líderes comunitarios, lo cual incide sobre el periodo para someter comentarios establecido por ley. Así también, la ODSEC falló en notificar a los ciudadanos sobre su derecho a solicitar una vista oral, lo cual también incumple con la ley y coarta la participación ciudadana.

La lucha contra este reglamento se lleva a cabo desde marzo del año pasado por un sinnúmero de comunidades. En aquel entonces se le solicitó una vista pública a la ODSEC para que las comunidades pudieran expresarse sobre el mismo y su directora ejecutiva, la Lcda. Thais Reyes decidió no celebrarla porque no era obligatorio. Ante esto, el liderato logró una vista pública en la legislatura a la cual comparecieron decenas de líderes comunitarios que se expresaron en contra. A pesar de los reclamos, no fue hasta casi finales de diciembre que la ODSEC convocó a una vista pública en el municipio de Ponce, y en ella se indujo a error a los allí presentes sobre el término para someter los comentarios escritos.

Nuevamente, a finales de febrero de este año, la Oficina sometió un segundo Reglamento para consideración de los ciudadanos, ello sin avisar que había retirado el previo. Ante esto, la organización FURIA está solicitando vistas públicas regionales para asegurar una participación amplia y real del liderato que se verá afectado por el mismo.

El reglamento propuesto en estos momentos, aún presenta los mismos problemas de contenido que el reglamento anulado. Entre ellos: el quebrantamiento del derecho a la libertad de expresión y libertad de asociación. Esto demuestra el interés estatal de inmiscuirse en los procesos organizativos de las comunidades, a pesar de que estos están protegidos como procesos de autogestión bajo la Ley de Comunidades Especiales.

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