El Tribunal federal para el Distrito de Puerto Rico derogó una ley de que convertía en delito dar a sabiendas una “falsa alarma” sobre emergencias públicas, sosteniendo que “[l]a función de vigilancia de la expresión nunca es más vital que durante una crisis a gran escala”.
En su determinación, el tribunal accedió a una solicitud de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés).
El tribunal dictaminó que la ley violaba la Primera Enmienda porque su amplio alcance creaba un peligro de abuso partidista o aplicación selectiva, lo que permitía al gobierno suprimir o congelar el discurso que contradice su narrativa oficial. “[E]n lugar de criminalizar el discurso”, observó el tribunal, “la Asamblea Legislativa simplemente podría haber requerido que el Gobierno utilizara sus múltiples plataformas de comunicación para presentar una descripción completa y precisa de los hechos” relacionados con las emergencias en Puerto Rico.
“Esta es una victoria histórica para la libertad de prensa”, dijo Brian Hauss, abogado principal del Proyecto de Discurso, Privacidad y Tecnología de la ACLU. “Nos complace que la corte haya reconocido que la transparencia, en lugar de la censura, es la clave para la seguridad pública en una sociedad libre y democrática”.
La ACLU y la ACLU de Puerto Rico argumentaron que la ley de Puerto Rico violaba la Primera y la Decimocuarta Enmienda porque su terminología imprecisa y su amplio alcance le daban a la gente muy poca orientación sobre qué discurso puede constituir un delito, y el gobierno tenía demasiada discreción para decidir a quién procesar.
“Esta victoria envía un mensaje inequívoco de que, en Puerto Rico, donde la transparencia, la rendición de cuentas y la supervisión son casi inexistentes, la prensa no puede ser silenciada”, dijo William Ramírez, director ejecutivo de la ACLU de Puerto Rico.
La ley amenazó con congelar la información sobre la crisis del COVID-19 y otras emergencias, porque los periodistas corrían el riesgo de ser procesados si el gobierno cuestionaba la precisión de sus informes. Aquellos que violaran la ley podrían enfrentar hasta tres años de cárcel y una multa de hasta $5,000.
“La declaración de un ‘estado de emergencia’ nunca debe usarse para promover la censura y la represión”, dijo Fermín Arraiza, director legal de la ACLU de Puerto Rico. “Esta es una victoria importante para los periodistas en Puerto Rico y en todo Estados Unidos”.
El proyecto que enmendaba el Artículo 5.14 de la Ley 20 fue aprobado por el Senado en enero pasado y posteriormente fue convertido en ley por el gobernador Pedro Pierluisi.