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Supremo también declara nulo permiso de uso en Bahía Jobos

El alto foro validó la determinación de la Junta de Planificación

El Tribunal Supremo de Puerto Rico también concurrió con que el permiso de uso que otorgó un profesional autorizado para construcción en la Bahía Jobos de Salinas es nulo, tal como lo indicó la Junta de Planificación (JP).

A través de declaraciones escritas, el presidente de la JP, Julio Lassús Ruiz explicó que, “con su determinación, el Tribunal Supremo validó el proceso de auditoría realizado por la agencia el 30 de agosto de 2022. Dicha auditoría determinó que el permiso de uso otorgado por el profesional autorizado Ángel Rodríguez Sánchez no procedía en derecho”.

El Alto Foro emitió el lunes un mandato en el caso CC-2023-0126 con el que convierte la sentencia emitida por el Tribunal de Apelaciones el pasado 30 de noviembre de 2022 en el caso de Ing. Ángel Rodríguez Sánchez v. Junta de Planificación, en final, firme e inapelable.

En la Sentencia del Tribunal de Apelaciones, que hoy adviene final y firme, este foro concluyó que la determinación emitida por la Junta de Planificación fue correcta y que el Ing. Rodríguez Sánchez no aportó evidencia suficiente para derrotar la presunción de corrección que caracteriza la decisión del foro administrativo. Así, el Tribunal determinó que “la Junta no actuó de manera arbitraria, ilegal, irrazonable o fuera del marco de los poderes que se le delegaron”.

La sentencia del Apelativo se basó en un análisis de todos los documentos que obraban en el expediente administrativo tanto de la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) como de la Junta de Planificación y determinó que, tal y como estableció la Junta en su Resolución del 30 de agosto de 2022, el permiso de uso en cuestión no fue otorgado por el profesional autorizado conforme a las leyes y los reglamentos aplicables.

“Con la determinación del Tribunal Supremo, no queda controversia pendiente ante ningún foro judicial en Puerto Rico, por lo cual, procede que el Consorcio CCVS, compuesto por los municipios de Coamo, Cayey, Villalba y Salinas, soliciten al Tribunal de Primera Instancia la revocación del Permiso de Uso. La Junta de Planificación seguirá el proceso administrativo correspondiente, para sancionar la actuación del profesional autorizado”, sostuvo.

Lassús Ruiz se mostró complacido con el dictamen del Tribunal Supremo e indicó que “con esta determinación, queda claro el poder fiscalizador de la Junta ante las actuaciones de los profesionales autorizados y, como en casos anteriores, se ha validado el proceder de la agencia al atender asuntos de vital importancia para nuestro pueblo”.

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