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Retan contrato de Genera PR en el Tribunal Federal

La UTIER sometió un recurso legal para declarar nulo el acuerdo de alianza público-privada con la AEE

La Unión de la Industria Eléctrica y Riego (UTIER) radicó hoy un recurso legal ante el Tribunal Federal para declarar nulo el contrato de la alianza público-privada (APP) con la empresa Genera PR para la operación del componente de generación de la red eléctrica de Puerto Rico.

Según explicó el presidente de la UTIER, Josué Mitjá, el argumento del colectivo obrero para retar la legalidad de la APP es que el contrato con Genera PR viola leyes del Gobierno de Puerto Rico y pretende establecer un monopolio privado para operar la red eléctrica del país.

El contrato, aunque ya está establecido, se indicó que operacionalmente comenzará a ser vigente el primero de julio próximo.

“Radicamos en la Corte de Distrito federal este recurso legal para que se declare nulo el contrato con Genera PR para administrar las plantas generatrices a partir del 1 de julio. El contrato viola las leyes del país, pues según se desprende del mismo contrato Genera asumirá la operación y administración de todos los activos de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE)”, indicó Mitjá.

El portavoz obrero explicó que bajo el contrato de operación y mantenimiento de instalaciones de generación térmica de Puerto Rico entre la AEE como propietario, la Autoridad de Alianzas Público-Privadas (AAPP) como administrador y Genera PR como operador, este ultimo asumirá el control total de las funciones de generación y los activos de la AEE creando un monopolio privado contrario a lo que expresa las leyes 120 de 2018 y 17 de 2019 que establecen que los activos de la corporación pública dedicados a la generación de energía eléctrica no podrán ser vendidos, enajenados o asignados a un solo contratista bajo un contrato de sociedad o venta, o de otra manera, como parte de una transacción de la AEE.

“Cuando estas leyes se firmaron se hicieron, según sus propulsores, con la intención acabar el monopolio público que había en la AEE, sin embargo, el contrato con Genera PR no abre el mercado de la generación, sino que lo mantiene como un monopolio privado”, explicó Mitjá.

“Según la propia ley, el sistema eléctrico de Puerto Rico no debe ser un monopolio vertical y tampoco podrá establecerse un monopolio horizontal en materia de generación de energía. Ninguna empresa de servicio eléctrico, por sí, a través o en conjunto con cualquier subsidiaria o afiliada de la misma, podrá controlar el 50 por ciento o más de la capacidad de los activos de generación de energía. Nada de esto se cumple con el contrato firmado pues el contrato le otorga a Genera el control sobre el 67 por ciento de la generación de energía”, añadió.

Por su parte, Rolando Emmanuelli, representante legal de la UTIER, explicó que el contrato de la APP es, por definición, un contrato de operación y mantenimiento que le permite a la AEE mantener sus derechos de propiedad sobre los activos de generación legados. Sin embargo, durante la vigencia de este, Genera PR asumirá la operación y administración de todos los activos y será responsable del desmantelamiento de las centrales para su transición a energías renovables.

“Genera PR tendrá control total y exclusivo sobre todos los Activos Legados de Generación, que incluyen las centrales eléctricas de Aguirre; Cambalache; Costa Sur; Culebras; Mayagüez; Palo Seco; San Juan; Daguao; Yabucoa; Jobos; Vega Baja; y Vieques. Esto constituye la totalidad de las centrales térmicas y a gas públicas, lo que significa que toda la generación de la AEE pasará a Genera y esto es claramente un monopolio”, precisó el abogado.

Emmanuelli subrayó que, al igual que con el contrato de LUMA, Genera PR no invierte en mejoras de capital, no proporciona servicios nuevos o innovadores y no comparte los riesgos de fracaso porque su tarifa fija está más o menos garantizada.

“Este contrato es una transacción ilegal y nula, ya que contiene cláusulas y condiciones en general contrarias a la ley y al orden público. Estas cláusulas y condiciones hacen que el contrato sea nulo y sin efecto, lo que lo hace inexistente. Por lo tanto, la OMA es inválida y la UTIER tiene legitimación activa para solicitar una medida cautelar y declaratoria a tal efecto para que no entre en vigor el primero de julio”, indicó el abogado de la UTIER.

“Tenemos en Genera PR otro LUMA, una compañía a la que hay que pagarle una tarifa fija de $22.5 millones al año, pagarle las tarifas de incentivo y los costos de operación incluidas las tarifas de los subcontratistas, además de los costos de P3, todo esto sin que ellos inviertan un centavo”, dijo por su parte Mitjá.

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