El Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) y el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) apelaron en el Tribunal de Apelaciones la determinación de desestimación de la demanda que radicaron en conjunto para que se permitan las candidaturas coligadas en las elecciones del 2024.
La colectividad aseguró que el pedido es “completamente válido” y señalaron que el tribunal no “puede pasarlo por alto sin atenderlo en sus méritos”.
Ambos movimientos esperan que el Tribunal de Apelaciones devuelva el caso al Tribunal de Primera Instancia donde el mismo se pueda ver en sus méritos.
“Victoria Ciudadana está comprometida con darle a Puerto Rico un gobierno honesto, competente y que funcione. Para lograrlo, estamos conversando con múltiples organizaciones y colectividades alrededor del País, con el propósito de unir las fuerzas del cambio. Este reclamo judicial es parte de ese esfuerzo y entendemos que si el Tribunal evalúa el mismo en sus méritos, la conclusión será inevitable: las candidaturas coligadas son un derecho constitucional del electorado puertorriqueño”, comentó Manuel Natal, coordinador general de Victoria Ciudadana.
A mediados de junio, la demanda presentada en conjunto por el MVC y el PIP fue desestimada en el Tribunal de San Juan por entender que se trata de un asunto “político” que se debe decidir en la Asamblea Legislativa.
El recurso presentado por ambos movimientos políticos fue desestimado debido a que según el juez Raúl A. Candelario López “la acción presentada versa sobre una cuestión política”.
“En este caso, la Constitución de Puerto Rico es clara en cuanto a la reglamentación electoral. En su Art. VI, Sec. 4, la Constitución de Puerto Rico le delega textualmente a la Asamblea Legislativa “todo concerniente al proceso electoral {...} así como lo relativo a los partidos políticos y candidaturas” Conforme a tal delegación, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley 58-2020 la cual adoptó el referido Código Electoral de 2020, que mantuvo la anterior prohibición de candidaturas coaligadas, originalmente establecida en el anterior Código electoral del 2011″, lee el documento.
“Se desestima la demanda que presentó el Movimiento Victoria Ciudadana, el partido Independentista Puertorriqueño, Manuel Natal Albelo, Juan Dalmau Ramírez, Lilian Aponte Dones, comisionada electoral del Movimiento Victoria Ciudadana, y Roberto Aponte Berríos, comisionado electoral del Partido Independentista Puertorriqueño, sin que ello acaree la especial imposición de costas, gastos u honorarios de abogado”, concluye el documento con fecha del 16 de junio del 2023.
La decisión fue tomada en el tribunal sin celebrar vistas sobre el asunto.
La demanda fue presentada el pasado mes de mayo buscando retar dos artículos de la Ley Electoral vigente que prohíben la coaligación de candidaturas políticas y alianzas electorales.
Según alegaron los representantes legales de ambos colectivos en conferencia de prensa desde el Colegio de Abogados de Puerto Rico, la prohibición limita la capacidad de los partidos políticos de formar coaliciones y de representar candidaturas que representen una amplia variedad de puntos de vista.
Por su parte, el Partido Nuevo Progresista (PNP) señaló que el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) y el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) pretenden tener una “ventaja indebida” con la radicación de la demanda.