El gobernador, Pedro Pierluisi Urrutia, solicitó hoy, jueves, que los interesados en enmendar el nuevo borrador propuesto por el Departamento de la Familia (DF) y Administración para el Sustento de Menores (ASUME) para establecer actualizadas guías de pensión alimentaria, envíen sus comentarios.
“Esto era algo que teníamos que hacer, que no sabía hecho en Puerto Rico hace ya 9 años y por ley se supone que está aquí ya se revisen cada cuatro años. Fue un trabajo arduo el que llevaron a cabo, se contrataron estudios técnicos para hacer todo un estudio que da base o bien para los cambios propuestos”, dijo el gobernador a preguntas de la prensa.
El primer mandatario aseguró que con los cambios propuestos buscan que los padres no custodios tengan los recursos necesarios para cumplir con la pensión estipulada.
“Lo que se busca es que no haya tanto incumplimiento, siempre preservando y bienestar de los menores, o sea que se reserva una cantidad razonable de ingresos para ese padre no custodio y, de ahí, parte el análisis porque si tiene más hijos cambia el porcentaje en vez de que tengamos meramente un mínimo de ingresos que se le dejan al padre no custodio. Ahora, estos varían dependiendo de cuántos hijos tiene y eso, pero también de cuáles son sus otros gastos, o sea los gastos indispensables”, añadió.
Pierluisi Urrutia mencionó que luego de la publicación del informe, comenzó el período para recibir comentarios y sugerencias de enmiendas.
“Es importante que se expresen en ese período los expertos, las partes interesadas, porque el compromiso del Departamento (de la Familia) y la administración (ASUME) es ajustar esta propuesta que tenemos publicada”, sostuvo el gobernador.
En cuanto a la nueva versión del reglamento, las funcionarias presentaron los cambios más significativos:
- La regla de pensiones propuesta, al igual que la regla adoptada en el 2014, divide la pensión en dos partes: la pensión básica, que cubre los gastos básicos de alimentos, transportación, ropa, entretenimiento y utilidades; y la pensión suplementaria, que se usa para determinar la responsabilidad alimentaria respecto a la vivienda, la educación o el cuido de menores y la salud.
- La pensión básica revierte el sistema de proporciones de ingreso a uno basado en el ingreso del padre no custodio exclusivamente, ya que no se considera un solo hogar en el cómputo de pensión, sino el hecho de que el padre no custodio tiene responsabilidad sobre dos hogares o más, con al menos uno de los hogares siendo el del caso.
- Por tal razón, evaluar la responsabilidad alimentaria con base en los ingresos del hogar del caso exclusivamente sobreestima la aportación real que el padre no custodio puede realizar a un menor en caso de que el padre no custodio deba asumir responsabilidad por los menores de sus dos familias.
- Para calcular la pensión básica, solo se requiere el ingreso mensual del padre no custodio y la cantidad total de menores sobre los cuales el padre no custodio se hace cargo. Para el cálculo de la pensión suplementaria, por otra parte, también hacen falta los ingresos de la parte custodia (padre custodio) y estimados de gastos actuales en los componentes de la pensión suplementaria, al igual que el reglamento del 2014.
- Se revierte a un sistema híbrido como en el 2006, en el cual la pensión básica es con un modelo de porcentaje de ingreso de la parte no custodia y la pensión suplementaria es con un modelo de proporción de ingresos.
- Se restablece el mecanismo de porcentajes del ingreso para computar pensiones alimentarias; es decir, la tabla de búsqueda es con base en porcentajes y no valores fijos.
- Se incorpora una tabla de reservas de ingreso, la cual se usa para estimar una reserva como porcentaje del ingreso del padre no custodio.
- Se consideran todos los menores del padre no custodio en el cálculo de la pensión alimentaria, independientemente de si se les estará fijando una pensión a los mismos o no.
- Se resta la reserva previo al cómputo de la pensión alimentaria, y se computa la responsabilidad alimentaria con base en el ingreso neto de reserva.
- Se elimina el proceso de prorrateo, ya que se consideran todos los hijos en el cálculo inicial de la pensión alimentaria.
Le compartimos un ejemplo:
Pepe, de 43 años, y su esposa Susa se divorcian. Tienen dos menores: Jason, de 6 años y Pamela de 13. Pepe permanece soltero luego de su divorcio, pero se le fija una pensión alimentaria por los dos menores. Pepe tiene un ingreso bruto de $2,000 dólares mensuales, que luego de deducciones es de $1,849.
Para fijarle la pensión alimentaria a Pepe, hay que seguir los siguientes cuatro pasos:
- Se calcula la Reserva de Ingresos. Según las tablas de reserva, para el ingreso neto mensual de Pepe se le debe reservar 48.6 % del ingreso ya que tiene dos (2) dependientes. La reserva de Pepe es por tanto de $899.
- Se resta la Reserva de Ingresos para obtener el Ingreso Neto de Reserva (INR). El ingreso neto de la reserva para Pepe Normal es de $1849 - $899 = $950.
- Se buscan los Porcentajes de Pensión Determinados. Pepe tiene 2 dependientes, uno de 5 a 12 años y otro de 13 años o más. Por tanto, los porcentajes de ingreso determinado para Pepe son de 32.5 % para Jason y de 34.5% para Pamela.
- Se multiplican los Porcentajes Determinados por el INR. En el caso de Pepe, estaría pagando 32.5% x 950 = $308.75 por Jason y 34.5 % x 950 = $327.75 por Pamela y $636.50 en total.