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DACO emite orden administrativa para crear un banco de candidatos a síndico

La orden administrativa tiene vigencia inmediata

La secretaria interina del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), Lisoannette González Ruíz, firmó la Orden Administrativa 2023-006, la cual establece el procedimiento para la creación de un banco de candidatos a síndico.

La Ley de Condominios de 2020 establece que el DACO tendrá facultad para el nombramiento de un síndico en aquellos condominios donde exista al menos un apartamento dedicado a vivienda en los que no se logre elegir una Junta de Directores.

“El DACO tiene la facultad para fijar los honorarios del síndico, los cuales se incorporarán al presupuesto de gastos comunes del complejo y serán sufragados por los titulares como parte de sus cuotas de mantenimiento, de acuerdo a la ley y reglamentación vigente. Además, la agencia tiene la facultad en ley de expedir aquellas órdenes necesarias para la pronta elección de una Junta de Directores en propiedad, de ser necesario”, comentó González Ruiz.

“El Reglamento 9386 que promulga la Ley de Condominios, contiene unas disposiciones sobre el procedimiento para el nombramiento de un Síndico por parte del secretario de la agencia. No obstante, se hace necesaria la creación de un banco de recursos a los cuales podamos recurrir de manera inmediata de entender que procede el nombramiento de un Síndico por parte del jefe de la agencia”, añadió González Ruíz sobre el proceso.

La Orden Administrativa, que tiene vigencia inmediata, establece que el DACO circulará en un periódico de circulación general una convocatoria para recibir solicitudes de posibles candidatos para la posición de Síndicos.

Sobre el proceso, la secretaria interina del DACO explicó que, “mediante un edicto, notificaremos el término que tendrán los interesados para someter su información ante nuestra oficina. Una vez presentada la solicitud, los interesados tendrán un término de quince (15) días para completar la misma. Toda persona que haya sometido su información y/o documentación requerida, deberá renovar su solicitud e información anualmente, en la fecha indicada en el edicto a publicarse, para permanecer en el banco de Síndicos”.

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