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Tribunal desestima demanda del Senado sobre interinato en presidencia de la CEE

La demanda fue presentada el pasado domingo por el presidente del Senado

Comisión Estatal de Elecciones
Comisión Estatal de Elecciones Comisión Estatal de Elecciones. Hato rey. Metro PR 22 de junio de 2023 (Dennis A. Jones)

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El Tribunal de Primera Instancia de San Juan emitió una sentencia en la cual resolvió que el interinato de la Hon. Jessika Padilla Rivera en la presidencia de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) “puede extenderse hasta tanto se nombre y tome posesión un Presidente en propiedad, o hasta que se levante la sesión ordinaria de la Asamblea Legislativa que actualmente está en curso y que culmina el 14 de noviembre de 2023, lo que ocurra primero.”

Esto tras la demanda presentada por el presidente del Senado, José Luis Dalmau contra la CEE y el gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi.

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El juez Alfonso Martínez Piovanetti señaló que “no es correcto el planteamiento de que la referida funcionaria se encuentra usurpando las prerrogativas de la presidencia en la actualidad.”

Además, aclaró que “tampoco se ha demostrado en términos evidenciarios que la Presidenta Alterna se proponga a continuar ejerciendo indefinidamente las prerrogativas de la presidencia bajo un interinato más allá de esa fecha; ni tampoco que el Gobernador se haya negado realizar esfuerzos adicionales para nominar a algún candidato para cubrir la vacante.”

El magistrado determinó que “las solicitudes de injunction y de mandamus que presentó el Senado en contra de estos funcionarios del Poder Ejecutivo son prematuras e improcedentes en estos momentos.” Añadió que “no procede conceder un remedio judicial en estos momentos, pues ello pudiera interferir a destiempo con el proceso constitucional de nombramientos y de consejo y consentimiento que corresponde a las otras ramas del gobierno, en contravención a la separación de poderes.”

La decisión final del juez fue “se dicta la presente Sentencia mediante la cual se ordena la desestimación y el archivo del presente caso.”

La controversia abordada por el Tribunal giró en torno a las funciones que puede realizar la Presidenta Alterna de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) después de la renuncia del Presidente en propiedad. El Senado argumentó que el término en el que la Presidenta Alterna podía ocupar interinamente la presidencia ya había vencido y, por lo tanto, estaba usurpando un cargo para el cual no fue confirmada. Por otro lado, el Gobernador y la Presidenta Alterna sostenían que el Código Electoral permitía a la Presidenta Alterna ejercer de manera temporal las funciones del Presidente hasta que se nombre un sucesor para la vacante.

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El pasado domingo, Dalmau Santiago sometió la demanda ante el Tribunal de Primera Instancia (TPI) de San Juan solicitando que se declare vacante la plaza de presidencia de la CEE; que se le ordene al primer ejecutivo nominar candidatos para dicho puesto; que señale una vista de injunction preliminar, para que las partes demandadas comparezcan a mostrar causa por la cual no deban concederse los remedios solicitados y, luego de celebrada ésta, emita la orden de que la jueza Padilla Rivera se abstenga de continuar ejerciendo las facultades del cargo.

Reacciona el presidente del Senado

“El Tribunal resolvió que -contrario a lo que pretendía el Gobierno- el interinato de la Jueza Padilla Rivera tiene fecha de expiración. Esa fecha es al final de la presente Sesión Ordinaria que culmina el martes, 14 de noviembre de 2023. A partir de esa fecha no puede ejercer funciones de presidenta interina. Del mismo modo, el Tribunal es claro al establecer que el gobernador tiene el deber de nominar a una persona al cargo en propiedad y el Senado debe evaluarlo. La invitación nuestra al Gobernador es a que nombre un Presidente o Presidenta y un Alterno, el Senado de Puerto Rico está listo para prestar su consejo y luego su consentimiento”.

Dalmau Santiago, sostuvo que el pleito contra el gobernador Pedro Pierluisi tenía el propósito de hacer valer las prerrogativas constitucionales de la Asamblea Legislativa, lo que evidentemente quedó salvaguardado en la decisión del Tribunal de Primera Instancia al disponer que Padilla Rivera no podrá continuar en el cargo como presidenta interina, luego del final de la sesión ordinaria que culmina el 14 de noviembre.

“El Tribunal ha sido enfático en que no puede haber -en nuestro sistema de separación de poderes- un interinato indefinido que violente las facultades y prerrogativas que tiene en este caso el Senado de Puerto Rico”, expresó el Presidente del Senado.

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