El representante Wilson Román, junto a los representantes Deborah Soto, Jorge ‘Georgie’ Navarro y Luis Raúl Torres, radicaron una medida con la intención de permitrle a los estudiantes orar y/o participar de actos religiosos durante las horas escolares.
La pieza legislativa, radicada el pasado 9 de noviembre, establece la ‘Ley de Libertad Religiosa de Estudiantes, Padres, Encargados y del Personal Escolar de las Escuelas del Sistema Público de Enseñanza”.
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¿Qué propone?
“Con el Proyecto de la Cámara 1951, el cual tiene como coautores a los representantes Soto y Torres, establecemos en nuestros estudiantes, así como el resto de la comunidad escolar, el derecho fundamental a la libertad religiosa. Cuando esta medida se convierta en ley, cada uno del componente escolar podrá orar, o asistir a servicios religiosos durante el día sin ningún temor, como se supone que sea”, expresó el Representante por el Distrito #17 de Aguadilla y Moca.
“El proyecto, además, ordena al Departamento de Educación identificar y habilitar espacios públicos dentro del plantel para que los estudiantes y demás miembros de esa escuela puedan, de forma voluntaria, realizar un discurso o manifestación religiosa enmarcada en el respeto. Aquí estamos protegiendo el derecho a la libre expresión también”, añadió el Representante del Partido Nuevo Progresista.
De acuerdo a los estipulados de la nueva Ley, el Departamento de Educación no puede discriminar a un estudiante, padre o al personal escolar por motivos de éste brindar un punto de vista o expresión religiosa en una escuela.
El Departamento de Educación tratará la expresión voluntaria de un punto de vista religioso de un estudiante de la misma forma y manera que trataría la expresión voluntaria de un punto de vista secular de otro estudiante. Además, permitirá que estudiantes puedan expresar sus creencias religiosas en trabajos escolares, obras de arte y literarias y en otras tareas escritas y orales sin ser discriminado.
Las tareas y asignaciones de un estudiante en el salón de clases se evaluarán, independientemente de su contenido religioso, de acuerdo con los parámetros académicos vigentes, contemplados con el plan de estudios y los requisitos del curso escolar.
De igual manera, se dispone que un estudiante puede usar ropa, accesorios y prendas que muestren un mensaje o símbolo religioso, de la misma forma y manera que, se permite a otros estudiantes usar ropa, accesorios y prendas que muestren mensajes o símbolos seculares.