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Hombre que mató a su expareja y familia en Yauco estuvo convicto por intento de asesinato de otra expareja

Wilfredo Hiram Santiago Figueroa intentó asesinar y quemar a su otra expareja

El supuesto autor del triple asesinato fue identificado como Wilfredo Hiram Santiago Figueroa.
Policiacas. El supuesto autor del triple asesinato fue identificado como Wilfredo Hiram Santiago Figueroa. (Suministrada.)

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La procuradora interina de la Procuraduría de las Mujeres (OPM), Madeline Bermúdez, reveló que el Wilfredo Hiram Santiago Figueroa— el hombre que mató a su expareja, exsuegra y excuñado, y luego se suicidó la noche del miércoles en Yauco— estuvo convicto por intentar asesinar a otra expareja.

“Este caballero fue convicto 10 años por intento de asesinato bajo ley 54 e intento quemar a la sobreviviente anterior y el carro, no es cualquier caso. A nosotros nos sorprende y estamos en una investigación de por qué este caballero sale del tribunal en el día de ayer sin un grillete”, reveló Bermúdez en entrevista con el programa radial “Dígame la verdad” de Radio Isla 1320AM.

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“Cómo yo (como juez) dejo ir a un caballero que, la alegación de la violación de orden de protección que se ve ayer, era porque él la estuvo acechando en la casa. Él fue a la casa y le cortó unos servicios, no estoy segura si energía eléctrica o de agua, o sea pero él estuvo en la casa de ella acechándola”, agregó.

Un portavoz no identificado de la Administración de Tribunales de Puerto Rico, ofreció el jueves, su versión de lo ocurrido en el caso de Santiago Figueroa.

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“A raíz de la información que ha trascendido durante la mañana en la palestra pública, se aclara el tracto relacionado con el caso Pueblo v. Wilfredo H. Santiago Figueroa: El 7 de septiembre de 2023 el juez Ángel Candelario expidió una orden de protección ex parte al amparo de la Ley Núm. 54 contra una persona de nombre Wilfredo H. Santiago Figueroa. El 26 de septiembre de 2023 se expidió una orden de protección final contra esta persona, con vigencia hasta el 26 de marzo de 2024.

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El 10 de enero de 2024 el Ministerio Público presentó una denuncia contra Wilfredo H. Santiago Figueroa por violación a la orden de protección. La vista de Regla 6 fue atendida por la Hon. Ginny M. Vélez Carreras, quien encontró causa para arresto por el Art. 3.1 de la Ley Núm. 54. Se le impuso una fianza de $5,000, la cual Ministerio Público no objetó. No se alegó reincidencia ni tampoco se solicitó supervisión electrónica. Se pautó la vista preliminar para el 24 de enero de 2024.

En la vista preliminar pautada para ayer, la defensa solicitó un término adicional para evaluar documentos relacionados al caso. El Ministerio Público se allanó a la solicitud, además, solicitó se enmendara el cuerpo de la denuncia para que los hechos conforme al delito por el cual se determinó causa, el Art. 3.1 de la Ley núm. 54. Se reseñaló para el 28 de febrero de 2024. En esta vista no se solicitó que se revisara la fianza ni sus condiciones. Tampoco se solicitó la imposición de supervisión electrónica. Ayer el Ministerio Público presentó por escrito una moción ponchada a las 4:55 pm en la cual solicitó la imposición de supervisión electrónica”.

En respuesta a ello, Bermúdez aseveró en la entrevista que la Fiscalía sí solicitó mantener al Santiago Figueroa bajo supervisión electrónica.

“Tengo que testificar. La Fiscalía sí solicitó el grillete, para comenzar. La semana pasada estuvimos en un vista pública de una medida del representante, Ángel Peña [...] En la vista pública de la Cámara de Representares, advertimos que la imposición de la Ley 89, que ahora deja a discreción de los jueces de poner un grillete o no a partir del cuatro de febrero, representa un peligro”, sentenció la procuradora interina de la OPM.

“Nuestra preocupación es que esto se va a repetir. ¿Por qué? Porque la enmienda a la ley ahora aplica la imposición del grillete a todos los delitos bajo ley 54, pero qué hizo esta nueva legislación, lo deja a discreción de los jueces. Nuestra alegación en la vista es que esto hay que enmendarlo inmediatamente y esto no puede ser un asunto discrecional”, añadió.

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