Una demanda en el Tribunal de San Juan fue presentada por aspirantes del Partido Popular Democrático (PPD) contra varios candidatos del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) denunciando incumplimiento con el requerimiento de endosos a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE).
En la demanda, el grupo de aspirantes populares señala que el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) y el Proyecto Dignidad (PD) llevarán a cabo primarias para varias candidaturas utilizando un método alterno y no cumplieron con el requisito de presentación del 50% de endosos requeridos por el Código Electoral.
“La determinación por reglamento del Movimiento Victoria Ciudadana y el Proyecto Dignidad eximiendo de manera unilateral y acomodaticia para sus candidatos para que no presenten endoso es contraria a la Ley”, lee la demanda que señala que los candidatos que participen en primarias deben presentar los endosos requeridos por ley.
La demanda va específicamente contra la candidata a la comisaría residente del MVC, Ana Irma Rivera Lassen, Edgardo Cruz Vélez quien también aspira a la misma posición y varios candidatos a la legislatura por acumulación de los partidos MVC y Proyecto Dignidad.
“Culminado el término de presentación de endosos y revisado en la Comisión Estatal de Elecciones el listado oficial de personas descalificadas por no presentar endosos no encontramos a los aspirantes del Movimiento Victoria Ciudadana. Debemos concluir que es un hecho indubitado que los aspirantes de Movimiento Victoria Ciudadana y de Proyecto Dignidad que estarán en un proceso de primaria interna no cumplieron con el requisito de presentación de endosos lo que le da jurisdicción al Tribunal de Primera Instancia a descalificar a estos candidatos por la violación a las disposiciones del Código Electoral”, añade el documento.
Los demandantes, que incluyen al representante del Distrito 22, Jorge Alfredo Rivera Segarra, y al senador del Distrito de Guayama, Héctor Torres Santiago, argumentan que los candidatos del MVC no cumplieron con los requisitos de recolección de endosos establecidos por el Código Electoral de 2020.
La querella, también respaldada por los aspirantes Yulixa Paredes Albarrán y Jorge Quiles Gordillo, describe como arbitrario el método alterno adoptado por el MVC, el cual se llevó a cabo después del plazo establecido para la radicación de candidaturas. Según los demandantes, este procedimiento representa una aplicación desigual y discrecional del Código Electoral, afectando a candidatos de otros partidos políticos y a aquellos con candidaturas independientes que sí siguieron el proceso legalmente establecido.
El recurso, presentado por el exalcalde de Guayanilla, Nelson Torres Yordán, y el analista político Iván Rivera Reyes, sostiene que el MVC y sus candidatos no cumplieron con el proceso estatutario de endosos, lo cual podría dar lugar a su descalificación del proceso electoral.
Por su parte el coordinador electoral del MVC, Manuel Natal, expresó en entrevista con Los Datos son los Datos (Wapa TV) que el Código Electoral no exige a los candidatos que pasarán por un método alterno que recojan endosos.
“Nuestro planteamiento es sencillo, que el Código Electoral, permita a los partidos acogerse a dos métodos o dos formas de elegir sus candidatos, uno la primaria, el otro método alterno y que en lo que concierne al método alterno el Código Electoral no exige el que se tengan que recoger endosos y por lo tanto Victoria Ciudadana como hizo en el 2020 decidió que sus candidatos no tendrían que recoger esos endosos”, expresó en la entrevista.
Más temprano, a través de las redes sociales, Natal, agregó que el Código Electoral permite a los partidos escoger entre primaria o un método alterno que cumpla con las garantías mínimas dispuestas en el Código. Natal detalló que ellos decidieron acogerse al método alterno y aprobaron un reglamento que cumple con las garantías mínimas requeridas en el Código Electoral.
El coordinador general del MVC sostuvo que el requisito de presentación de endosos, es aplicable solo a aspirantes en primarias y candidaturas independientes.
“Ni el Código Electoral, ni el Reglamento y Manual de Primarias y Métodos Alternos de Nominación 2024 establecen como requisito el recogido de endosos para los partidos que se acogen al método alterno. Es decir, se trata de un asunto discrecional de los partidos. Aunque el Código reconoce la facultad de la CEE para reglamentar estos procesos, al hacerlo, tiene que ‘mostrar deferencia a los reglamentos aprobados por cada partido para sus primarias internas y sus métodos alternos de nominación para cargos públicos electivos’. Al igual que en el 2020, cuando trataron de sacar de carrera sobre 30 candidaturas de Victoria Ciudadana, el liderato del PNPPD pretende limitar la voluntad del electorado”, denunció Natal.