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ASUME someterá este mes revisión de guías de pensión alimentaria

La Ley de ASUME dispone que cada cuatro años las tablas de las guías sean revisadas, sin embargo, esto no sucedía desde el 2014

El portavoz del movimiento Creando Conciencia, Ángel Pérez, reveló esta mañana que la Administración para el Sustento de Menores (ASUME)— adscrita al Departamento de la Familia (DF)— ya completó la revisión de las nuevas guías de pensión alimentaria y las estarán sometiendo ante el Departamento de Estado a mediados de febrero con el fin de que sean aprobadas.

Ya las nuevas guías están hechas. Ahora están esperando al 15 de febrero pa’ llevarlas al Departamento de Estado porque les están haciendo unos cambios a unas palabras para entonces ya soltar las nuevas guías”, expresó Pérez en entrevista con el programa radial “Pega’os en la Mañana” de Radio Isla 1320AM.

La Ley de ASUME dispone que cada cuatro años las tablas de las guías sean revisadas, sin embargo, esto no sucedía desde el 2014.

“Hace ya 10 años que esas tablas de pensión alimentaria no se revisan […] Veo padres y madres que están siendo atropellados por las mismas tablas”, sostuvo.

Pérez detalló que la queja de los padres es que la inflación no les permite a muchos vivir dignamente, ni siquiera, compartir con los hijos porque el dinero no les da. Además, que algunos ven trastocadas sus reservas.

“Con el costo de vida, ¿quién puede vivir con $615 aquí en Puerto Rico?”, cuestionó.

“Ellos (ASUME) calculan con el sueldo bruto [...] Aquí no es que no quiero pagar pensión, es que sea algo justo para ambos”, agregó Pérez.

En agosto de 2023, ASUME presentó un borrador detallado que introduce un conjunto de guías mandatorias de pensión alimentaria destinadas a reflejar con mayor precisión la realidad económica actual y las responsabilidades compartidas en el cuidado y sustento de los menores.

La secretaria de la Familia, Ciení Rodríguez Troche, y la administradora de la ASUME, Nicole Martínez Martínez, destacaron los cambios fundamentales en la nueva versión del reglamento:

En comparación con la normativa adoptada en 2014, la regla propuesta para las pensiones mantiene la división en dos partes: la pensión básica y la pensión suplementaria. La pensión básica cubre los gastos esenciales, como alimentación, transporte, ropa y entretenimiento, mientras que la pensión suplementaria se utiliza para determinar la responsabilidad financiera en áreas como vivienda, educación y atención médica de los menores.

Una modificación significativa radica en el cálculo de la pensión básica, que ahora se basa en los ingresos exclusivos del padre no custodio, tomando en cuenta la responsabilidad compartida sobre múltiples hogares en casos de padres con más de una familia. Esta modificación busca evitar la sobreestimación de la capacidad real de contribución del padre no custodio.

El nuevo sistema reintroduce un enfoque híbrido que combina porcentajes de ingresos y proporciones de ingresos para calcular las pensiones básicas y suplementarias respectivamente. Además, implementaron una tabla de reservas de ingresos, la cual establece una reserva en función de los ingresos del padre no custodio.

Uno de los aspectos sobresalientes es la inclusión de todos los menores del padre no custodio en el cálculo de la pensión alimentaria, independientemente de si se les asigna una pensión o no. Esto asegura una consideración integral de las responsabilidades financieras.

“Este trabajo refleja nuestro compromiso continuo con el bienestar de los menores y las familias. Hago un llamado a todas las partes interesadas, incluyendo especialistas en el tema y ciudadanos, a revisar el borrador y a emitir sus comentarios y sugerencias. Creemos firmemente que esta colaboración enriquecerá el documento final y garantizará su eficacia en la obligación de proveer a los menores de edad seguridad alimentaria”, enfatizó Rodríguez Troche.

“Estamos sometiendo estos cambios con la finalidad de atemperar las guías mandatorias a la realidad económica existente. Un paso afirmativo y necesario dentro de la nueva política pública federal de la Oficina de Servicios de Sustento de Menores para buscar un mejor desempeño en la obligación de proveer alimentos a los menores impulsado por una maternidad y paternidad responsable”, destacó la jefa de ASUME.

El Comité permanente para la revisión de las Guías Mandatorias está compuesto por la Rama Judicial, ASUME, representación del Colegio de Abogados y Abogadas, un ciudadano no custodio, un ciudadano custodio, representante del Colegio de Trabajadores Sociales, y la socióloga Dra. Lina Torres. La firma Estudios Técnicos, por su parte, estuvo a cargo de la creación de la fórmula para el análisis social y económico.

Ejemplo

Pepe, de 43 años, y su esposa Susa se divorcian. Tienen dos menores: Jason, de 6 años y Pamela de 13. Pepe permanece soltero luego de su divorcio, pero se le fija una pensión alimentaria por los dos menores. Pepe tiene un ingreso bruto de $2,000 dólares mensuales, que luego de deducciones es de $1,849.

Para fijarle la pensión alimentaria a Pepe, hay que seguir los siguientes cuatro pasos:

  • Se calcula la Reserva de Ingresos. Según las tablas de reserva, para el ingreso neto mensual de Pepe, se le debe reservar 48.6% del ingreso, ya que tiene dos (2) dependientes. La reserva de Pepe es por tanto de $899 dólares.
  • Se resta la Reserva de Ingresos para obtener el Ingreso Neto de Reserva (INR). El ingreso neto de la reserva para Pepe normal es de $1,849 - $899 dólarses = $950 dólares.
  • Se buscan los Porcentajes de Pensión Determinados. Pepe tiene dos dependientes, uno de 5 a 12 años y otro de 13 años o más. Por tanto, los porcentajes de ingreso determinado para Pepe son de 32.5 % para Jason y de 34.5% para Pamela.
  • Se multiplican los Porcentajes Determinados por el INR. En el caso de Pepe, estaría pagando 32.5% x 950 = $308.75 dólares por Jason y 34.5 % x 950 = $327.75 dólares por Pamela. El total es de $636.50 dólares.
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