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Funcionaria que firmó excarcelación de Hermes Ávila se acoge a la 5ta enmienda

Celia Cosme compareció ante las Comisiones de Iniciativas Comunitarias, Salud Mental y Adicción, y de lo Jurídico y Desarrollo Económico del Senado.

La directora de Programas de Desvío, Celia Cosme, se presentó en una vista senatorial en respuesta a una citación para discutir los detalles relacionados con la excarcelación de Hermes Ávila Vázquez bajo la Ley 25-1992. Sin embargo, se acogió a la Enmienda V para no autoincriminarse y no contestó ninguna de las preguntas.

“Invoco mi derecho a no autoincriminarme conforme a la constitución federal y estatal”, repetía Celia Cosme luego de cada pregunta.

La directora se amparó en el derecho de todo ciudadano a no auto incriminarse está protegido constitucionalmente. Como lo establece la Sección 11, Artículo II de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y la Enmienda V de la Constitución de los Estados Unidos de América.

Según explicó la secretaria de Corrección, Cosme tenía la autoridad para liberar a Hermes Ávila. Esto pese a que la Ley 25-1992 otorga exclusivamente al secretario de la agencia la facultad de realizar liberaciones anticipadas.

Escobar Pabón había declarado que no revocó dicha delegación que había sido otorgada por el exsecretario interino de Corrección, Eduardo Rivera Juanatey, el 2 de agosto de 2019.

Ávila Vázquez salió de la cárcel en virtud del Artículo 16 del Plan de Reorganización Núm. 2-2011 por condición fisiológica limitante y no al amparo de la Ley 25.

Por otra parte, el presidente de la empresa privada de servicios de salud correccional, Physician Correctional, Raúl Villalobos Díaz, aseguró en vista pública que Hermes Ávila no fue evaluado por el panel de la empresa debido a que fue examinado por el médico evaluador.

“El panel médico revisa esa determinación médica del médico evaluador. Ve el récord medico lo discute son médicos con más de 25 años de experiencia en el sistema correccional. Pero no, en este caso no lo vió [...] no lo vio ni es lo usual”, contestó Villalobos a preguntas del senador y presidente de la comisión de Iniciativas Comunitarias, Salud Mental y Adicción, José Vargas Vidot.

El presidente explicó que, de ser necesario, el panel podría realizar una evaluación física. Sin embargo, no pudo contestar cuántos casos fueron examinados por el panel de médicos.

De igual forma el presidente de Physician Correctional, brindó información sobre el proceso de evaluación médica que llevó a la excarcelación de Ávila Vázquez, convicto por el asesinato de Ivette Joan Meléndez Vega el mes pasado en el municipio de Manatí. Villalobos explicó que la empresa ha administrado el Programa de Salud Correccional del Departamento de Corrección y Rehabilitación desde octubre de 2018, tras ganar dos procesos formales de licitación.

Durante la audiencia, se aclaró que el panel médico requerido por la Ley 25-1992, encargado de evaluar las solicitudes de pase extendido por condiciones de salud, se compone de tres médicos del Programa de Salud Correccional. Estos médicos, empleados contratistas de Physician Correctional, revisan el estado de salud del solicitante antes de emitir una recomendación.

En el caso de Hermes Ávila Vázquez, los representantes detallaron que la evaluación determinó que Ávila Vázquez padecía de una condición incapacitante progresiva, incluyendo paraplejia y vejiga neurogénica, lo cual fue validado por informes de múltiples instituciones médicas. “El paciente presentaba un proceso progresivo en las patologías relacionadas con su condición incapacitante de paraplejia”, afirmó el informe presentado.

Desde el 14 de febrero de 2005, Ávila Vázquez cumplía una condena de 122 años de cárcel por delitos que incluían asesinato en primer grado, secuestro, agresión sexual y violación de la Ley de Armas.

Según expedientes, Ávila presentaba paraplejia desde el 2009. Además, en el 2013 el confinado se certificó, dentro de las evaluaciones realizadas por Correctional Health Service Corporation y por los médicos que lo atendieron en el Fondo del Seguro de Estado, que esta persona presentaba paraplejia, vejiga neurogénica y asma bronquial.

En una segunda evaluación, en el 2015, se confirmaron las condiciones anteriores y se le añadió hepatitis c, y el síndrome degenerativo cervical severo a consecuencia de una caída sufrida dentro de una institución penal.

Luego, el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) lo liberó temporalmente el 19 de abril de 2023, amparándose en la Ley Núm. 25-1992, que permite la liberación de pacientes con enfermedades terminales, como el SIDA, que se encuentran en instituciones penitenciarias. Esta decisión se tomó luego de evaluaciones realizadas por un panel médico de Physician Correctional, que administra el Programa de Salud Correccional.

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