Locales

Cámara aprueba medida para que LUMA Energy responda por daños al no reparar averías en 48 horas

El proyecto también faculta a los municipios a organizar sus propias empresas de instalación y mantenimiento de la energía eléctrica, así como activar a sus brigadas municipales cuando sea necesario.

Se trata del Proyecto de la Cámara 1531, radicado semanas después del paso del huracán Fiona en el 2022 por el representante Roberto Rivera Ruiz de Porras y el presidente cameral Rafael Hernández Montañez en respuesta a las fallas y retrasos en la restitución del sistema eléctrico.
aprueba medida para que LUMA Energy responda por daños al no reparar averías en 48 horas (Suministrada)

PUBLICIDAD

La Cámara de Representantes aprobó, este domingo, una medida para disponer como responsabilidad objetiva del consorcio LUMA Energy responder a los municipios por los daños ocasionados al no reparar, en un término de 48 horas, una avería que haya sido notificada por el ayuntamiento.

Se trata del Proyecto de la Cámara 1531, radicado semanas después del paso del huracán Fiona en el 2022 por el representante Roberto Rivera Ruiz de Porras y el presidente cameral Rafael Hernández Montañez en respuesta a las fallas y retrasos en la restitución del sistema eléctrico.

PUBLICIDAD

La pieza legislativa, que enmendaría el Código Civil, recibió esta tarde 46 votos a favor en momentos en que la isla ha enfrentado diversos eventos de apagones durante las pasadas semanas que han dejado sin energía eléctrica a miles de abonados.

La legislación también persigue enmendar la Ley para Transformar el Sistema de Energía Eléctrica de Puerto Rico (Ley 120-2018) con el fin de establecer como política pública que los municipios podrán organizar empresas de instalación y mantenimiento para el servicio de energía eléctrica, por lo que LUMA Energy deberá dar prioridad a la subcontratación de estos servicios.

“No es posible que ante la incapacidad de LUMA de atender los problemas de re-energización, por un mero capricho del privatizador, se vea afectado un servicio básico de esta naturaleza cuando contamos con las administraciones municipales con brigadas altamente capacitadas para proveer el servicio, que incluso ha costado ya decenas de vida”, reza la exposición de motivos del proyecto.

“Este proyecto atiende este problema, y se ha identificado un mecanismo que cumple con el ordenamiento jurídico sin menoscabo de las relaciones contractuales de LUMA con el Gobierno”, abunda la medida.

Luego de Fiona, la empresa a cargo del sistema de transmisión y distribución de la energía eléctrica demandó a varios alcaldes por haber intervenido con sus brigadas municipales para el restablecimiento de la energía eléctrica en sus respectivos municipios.

PUBLICIDAD

Las enmiendas propuestas en el proyecto cameral disponen que, si por la falta de recursos humanos o de cualquier índole LUMA Energy no pudiera comenzar la reparación, o habiendo comenzado abandonara la misma, el municipio podrá activar sus brigadas para el restablecimiento del servicio.

Además, se establece que el municipio queda exonerado por cualquier daño que ocurra y el consorcio responderá por todos los daños que pudieran surgir una vez el trabajo esté certificado. También se determina en la medida que el distribuidor y transmisor de energía eléctrica puede acordar con el municipio las tarifas por los distintos servicios ofrecidos.

“Con esta ley, esta Asamblea Legislativa protege vidas de nuestro pueblo y logra que el servicio de energía eléctrica llegue en un menor tiempo a todos los sectores de Puerto Rico, independientemente que haya sido provocado o no por fuerza mayor”, concluye el proyecto.

La Cámara recesó sus trabajos hasta mañana, lunes, a la 1:00 de la tarde.

PUBLICIDAD

Tags

Lo Último