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Gobernador firma ley que extiende periodo de ventas sin IVU para temporada de huracanes

Se incluye el lunes feriado de “Memorial Day” al periodo de exención

Ventas sin IVU Ventas sin ivu, para articulos a usarse en la temporada de huracanes Ferreteria National. Guaynabo. Metro PR foto Dennis A. Jones 17 de junio de 2022 (Dennis A Jones)

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El gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi, firmó varias medidas legislativas entre las que se encuentra un proyecto que extiende el período de exención del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) en artículos de preparación para la temporada de huracanes.

El primer ejecutivo dio paso al Proyecto de la Cámara 1796 que enmienda el “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011″, a los fines de incluir el lunes feriado de la conmemoración de los soldados caídos en la guerra (Memorial Day) al periodo de exención del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) sobre los artículos y equipos de primera necesidad al comienzo de la temporada de huracanes. Con la firma de esta medida legislativa se facilita que las familias y comunidades en la Isla adquieran los artículos necesarios para estar listos en un evento atmosférico.

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La medida de la autoría del representante Ángel Matos García, indica que el periodo de exención del IVU será de cuatro días y se llevará a cabo durante el último o penúltimo fin de semana del mes de mayo.

“Esta ley añade un día más de compras exentas, no necesariamente para que se venda más, sino para que el ciudadano tenga más tiempo para hacer sus compras de cara a la temporada de huracanes. Agradezco al gobernador por firmar esta ley que ayuda a nuestra gente a enfrentar un evento atmosférico”, expresó Matos García.

Otro de los Proyectos firmados por el gobernador Pierluisi, es el Proyecto del Senado 886, que busca crear una dispensa especial para la Oficina de la Procuradora de las Mujeres de manera que este organismo pueda tener tiempo gratuito en la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR) para educar a la ciudadanía sobre la violencia de género.

Pierluisi también convirtió en ley el Proyecto de la Cámara 1951, para establecer la “Ley de Libertad Religiosa de los Estudiantes del Sistema Público de Enseñanza”, fundamentada en los parámetros constitucionales y estatutarios, tanto federales como locales, aplicables a Puerto Rico.

La medida establece que el Departamento de Educación no puede discriminar a un estudiante por motivos de este brindar un punto de vista o expresión religiosa y que un estudiante no puede ser penalizado ni premiado, por el contenido religioso de su trabajo, si el mismo requiere que se exprese el punto de vista de dicho estudiante. Tanto el Departamento de Educación como el Departamento de Justicia avalaron la medida.

Finalmente, el primer ejecutivo convirtió en ley la Resolución Conjunta de la Cámara 219 para que Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI) evalúe, conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia de las instalaciones de la Escuela Carmen Flores al municipio de Juana Díaz.

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