El juez del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, Anthony Cuevas, cuestionó a los demandantes que buscan revertir el aumento al salario mínimo sobre su interpretación de que la Comisión Sobre el Salario Mínimo actuó contrario a la ley al votar a favor del nuevo salario de $10.50 la hora para los trabajadores en Puerto Rico.
Cuevas reconoció que la controversia se perfila en ruta al Tribunal de Apelaciones. “El Tribunal va a resolver entre esta tarde o mañana”, dijo el juez al concluir la vista sobre la demanda de un grupo de comerciantes.
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El juez le planteó al abogado de los demandantes, Jaime Sanabria, que no hubo variación a la ley que establecía el salario mínimo para el 1º de julio.
“Yo he leído la ley completa. Desde que se radica el caso”, afirmó el juez al hacer preguntas a la parte demandante. Cuevas le cuestionó al abogado ¿De acuerdo a la ley cuál es el salario a partir del primero de julio? A lo que Sanabria respondió que no podía ser $10.50, sino que se mantendría en $9.50.
Sanabria hizo alegaciones también de inconstitucionalidad sobre la ley misma. El abogado insistió en su argumentación que la ley establecía que tenían que tener cinco votos afirmativos para mantener el salario planteado en la ley de $10.50 la hora. “El no actuar administrativamente es un acto”, planteó el abogado. Incluso dijo que la comisión debía someter un escrito, según la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.
“Todos quisiéramos que el salario de cada uno de los empleados de Puerto Rico se aumente, pero que se aumente de una forma coherente”, sostuvo Sanabria. El abogado hizo referencia al diario de sesiones sobre la discusión y la intención legislativa.
Sobre argumentaciones constitucionales, Sanabria planteó que se trata de una decisión confiscatoria del dinero de los pequeños y medianos comerciantes, además que fue una delegación de la responsabilidad legislativa a una agencia de gobierno sin especificidad.
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“Estamos pidiendo, vuestro honor que declare inconstitucional la sección que declara el aumento automático por su vaguedad, por ambigüedad, porque no hubo los cinco votos”, argumentó Sanabria.
Por su parte la abogada del gobierno de Puerto Rico, Tania Libertad Hernández, pidió la desestimación de la demanda, pues planteó que “jurídicamente no se sostiene el argumento de que ese aumento de $10.50 la hora requería un decreto mandatorio”. La abogada enfatizó que el texto de la ley es claro. “Si están descontentos con la Ley de Salario Mínimo que acudan a la legislatura”, planteó la licenciada.
Tres de los miembros de la Comisión de Salario Mínimo estuvieron presentes en la sala judicial.
La semana pasada, un grupo de seis asociaciones del sector privado presentaron una demanda en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan para exigir que se detenga la implementación del nuevo salario mínimo de 10.50 por hora.
La Cámara de Comercio de Puerto Rico, la Asociación de Comercio al Detal (Acdet), la Asociación de Industriales (AIPR), la Cámara de Mercadeo, Industria y Distribución de Alimentos (MIDA), la Asociación de Restaurantes (Asore) y la Asociación de Hoteles y Turismo de Puerto Rico radicaron el recurso de mandamus y/o sentencia declaratoria en el Tribunal de Primera Instancia.
La petición solicita que el Tribunal detenga el aumento del salario mínimo de $10.50 que entró en vigor el 1ro de julio del 2024.