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Anuncian aumento en los niveles de elegibilidad del PAN tras incremento en el salario mínimo

Los cambios anunciados en las tablas y deducciones del programa PAN entran en vigor a partir del mes de agosto

El gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi Urrutia, junto a la secretaria del Departamento de la Familia (DF), Ciení Rodríguez Troche, y el administrador de la Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia (ADSEF), Alberto Fradera, anunció este domingo un ajuste en las deducciones en el Programa de Asistencia Nutricional (PAN) para que los beneficios de los participantes que se encuentran en el umbral de elegibilidad continúen recibiendo los beneficios y no se vean afectados ante el aumento del salario mínimo estatal. 

Los cambios anunciados en las tablas y deducciones del programa PAN entran en vigor a partir de este mes de agosto y se incorporan al Reglamento del PAN y a las tablas de elegibilidad del programa de asistencia alimentaria.

“El Departamento de la Familia, por medio de la ADSEF, solicitó y obtuvo la aprobación del gobierno federal para realizar los cambios necesarios para enmendar el Plan Estatal del PAN, a los fines de ajustar los niveles de elegibilidad para evitar que aquellos individuos en el umbral de elegibilidad pierdan los beneficios”, explicó el primer ejecutivo en declaraciones escritas.

Los cambios consisten en elevar la deducción fija de $198.00 a $279.00 dólares. Igualmente, se realizaron cambios en la deducción máxima total por ingreso devengado. Por último, se ajustó el tope del ingreso neto máximo de $619.00 a $633.00. El periodo para informar los cambios en las condiciones socioeconómicas también fue ampliado para otorgar 30 días al individuo para realizar el trámite ante la agencia.

Por su parte, la secretaria de Familia manifestó que “la implementación de esta política pública tiene el efecto de incentivar el trabajo dentro de la economía formal y lograr que nuestros participantes tengan acceso a mejores oportunidades laborales que permitan mejorar su calidad de vida y la de sus familias”.

Fradera detalló que “los ajustes al Plan Estatal del PAN han permitido atender los aumentos escalonados del salario mínimo estatal en el año 2022 ($8.50), el 2023 ($9.50) y el 2024 ($10.50), bien sea mediante el aumento del tope en la deducción por ingresos devengados o elevando las deducciones fijas”.

Al cierre de junio de este año, 224,672 individuos que trabajan se benefician del programa PAN, que apoya a cerca de 721 mil familias con beneficios que reciben por medio de la Tarjeta de la Familia para la compra de alimentos en comercios autorizados. De estos, 265 mil menores de 18 años y 418 mil son personas mayores de 60 años.

Si aún con estos ajustes los participantes rebasan los umbrales de elegibilidad, serán apoyados en su transición con exenciones aplicables por periodos que sostienen los beneficios hasta por dos años. Mediante cambios en el reglamento del PAN, se ampliaron las exenciones aplicables a las personas que trabajan y que ya no son elegibles al programa, otorgándoles hasta un año sin cambios en sus beneficios. Posteriormente, sigue una transición por los próximos seis meses recibiendo el 66 por ciento de los beneficios, finalizando con un 33 por ciento del beneficio, al completar 24 meses.

Rodríguez Troche exhortó a las familias a acceder a ADSEF Digital para evaluar su elegibilidad.

“Cada familia tiene perfiles particulares, por eso siempre les exhortamos a que realicen el proceso de cualificación. Hay familias con menores, estudiantes en universidad o adultos mayores a su cargo y otros perfiles a las cuales le pueden aplicar deducciones al total de su salario haciéndolas potencialmente elegibles. Además, si sus condiciones socioeconómicas han cambiado saben que el programa PAN está disponible para apoyarles en el periodo en el que se encuentren en una transición al empleo,” aseguró la secretaria de la Familia.

El salario mínimo estatal que entró en vigor el 1 de julio de 2024, fija en $10.50 dólares el pago por hora trabajada, a tenor con la Orden Ejecutiva 2021-035 y la Ley 47 conocida como la Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico, en la que se basan los incrementos al salario mínimo estatal y la emisión de decretos mandatorios especiales.

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