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Apelativo avala rechazo del Ombudsman a selección del representante del cliente en la Junta de Directores AEE

Ahora se debe convocar a una nueva elección para la vacante

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Un panel de jueces del Tribunal de Apelaciones avaló la determinación de la Oficina del Procurador del Ciudadano (Ombudsman) de rechazar la certificación de Giancarlo González Ascar como representante del interés del cliente en la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).

La posición está vacante desde el pasado 20 de marzo, luego de que el Ombudsman, rechazara la petición de González Ascar por falta de “pericia” en el tema energético.

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El dictamen, firmado por los jueces Ivelisse Domínguez Irizarry, Grace M. Grana Martínez y Alberto Pérez Ocasio sostiene que, la determinación tomada por el Ombudsman se sostiene en el expediente y no sugiere que el pronunciamiento traído ante su consideración haya resultado en un ejercicio arbitrario atribuible al organismo.

“Un examen del expediente que nos ocupa nos mueve a resolver que no se hacen presentes criterios legales que legitiman nuestra intervención respecto a lo dispuesto por el organismo”, reza en parte la determinación del foro apelativo.

El ombudsman de Puerto Rico, Edwin García Feliciano, reiteró que, compete al gobernador Pedro Pierluisi y a los presidentes legislativos, tomar las acciones correspondientes para realizar enmiendas al estatuto y permitir que se convoque a una nueva elección de ese representante.

García Feliciano añadió que la Ley 83 no establece mecanismos claros de sucesión en caso de eventualidades o asuntos inesperados.

“Cuando se rechazó la primera vez la aspiración de González Ascar, envié comunicaciones a los tres funcionarios. De La Fortaleza sólo se  respondió con un “recibido”, mientras que aún espera una respuesta de los presidentes de Cámara y Senado”, añadió.

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El Ombudsman aseguró que entiende que la silla de representante de los consumidores en la Junta de Directores de la AEE, no debe quedar vacía en ningún momento. No obstante, el asunto ya no está en sus manos y requiere la acción concertada de los poderes Ejecutivo y Legislativo.

El rechazo inicial se realizó en febrero de este año. Sin embargo, para mediados de abril pasado, la Comisión de Nominaciones para evaluar aspirantes al cargo, adscrita a la Procuraduría del Ciudadano, se reunió con González Ascar, quien peticionó que se reevaluara la decisión. En cambio, el organismo concluyó nuevamente que el aspirante no contaba con pericia en ninguno de los 23 tipos de energía, por lo que no satisfacía los requisitos del cargo.

El grupo reconoció que González Ascar sí tiene experiencia en ciberseguridad, pero llegó a la conclusión de que eso no es elemento sustantivo suficiente para optar por ser representante del pueblo.

De hecho, la sentencia del tribunal reconoce que la Comisión de Nominaciones, determinó que el peticionario cumplía con el requisito de tener un trasfondo educativo y profesional de más de 10 años. Pero que su experiencia versaba en data, diseño e implementación de plataformas digitales y ciberseguridad, lo cual no constituía pericia en asuntos de energía.

“Entendemos que, la determinación aquí impugnada obedeció a un ejercicio razonable de la adecuada función de las facultades legales que le asisten (a la OPC), así como también, a una correcta interpretación y aplicación del derecho pertinente”, expusieron los jueces Domínguez Irizarry, Grana Martínez y Pérez Ocasio.

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