El Tribunal Supremo de Puerto Rico confirmó, el jueves, la decisión del Tribunal de Primera Instancia que determinó no causa en 49 cargos presentados por el Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI) contra la representante por el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), Mariana Nogales Molinelli, su madre Rita Molinelli Freytes y la corporación Ocean Front Villas.
El caso, que se centraba en alegaciones de falsedad ideológica, perjurio y posibles violaciones al Código de Rentas Internas, había generado controversia desde su radicación en 2023. A pesar de múltiples intentos del PFEI para revocar la determinación de no causa, incluyendo vistas en alzada y una apelación al Tribunal Supremo, el máximo foro judicial reiteró que los cargos desestimados carecían de fundamentos legales suficientes para proceder.
“Este es el cuarto intento fallido del FEI y una gran derrota por pretender defender acusaciones que han sido desestimadas por jueces que aquilataron la evidencia y reafirman, vez tras vez, que no proceden. Es una pérdida de tiempo y de recursos del estado seguir con esta persecución a la Sra. Nogales,” expresó el licenciado José Andréu Fuentes, representante legal de Nogales, en declaraciones escritas.
El abogado destacó además la opinión concurrente del juez Ángel Colón Pérez, quien criticó el intento del PFEI de buscar excepciones a la jurisprudencia establecida. “El mensaje enviado es claro. A este foro apelativo de última instancia no se puede venir a buscar remedios hechos a la medida de una de las partes. Esto es un Tribunal General de Justicia,” añadió.
En su sentencia, el Tribunal Supremo enfatizó que los procesos preliminares de causa probable para arresto no requieren la misma rigurosidad que un juicio plenario, permitiendo incluso la admisión de evidencia de referencia siempre que esta sea confiable.
Asimismo, el foro rechazó los argumentos del PFEI relacionados con la supuesta exclusión de evidencia contributiva, aclarando que el tribunal de instancia consideró todos los documentos presentados, incluidas las planillas contributivas de las imputadas.
El Tribunal también sostuvo que no hubo error al admitir una declaración jurada presentada por la madre de Nogales como parte de la defensa, ya que la misma fue utilizada durante el contrainterrogatorio por el propio Ministerio Público.