La Junta de Supervisión Fiscal (JSF) notificó al gobierno de Puerto Rico que un proyecto del Senado convertido en ley el año pasado para permitir a los municipios hacer contrataciones de hasta medio millón de dólares sin subasta no puede implementarse, pues incumple con la ley federal PROMESA.
Se trata de la Ley 141 del 2024 que surge del Proyecto del Senado 1436 de la autoría de Thomas Rivera Schatz (PNP) y Héctor Santiago (PPD). La medida, presentada el 7 de marzo del 2024, enmienda el Código Municipal para aumentar de $200 mil a $500 mil el valor que requeriría una obra de pública o de construcción para que la otorgación del contrato tenga que tramitarse mediante subasta.
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“La Ley 141 contraviene directamente las mejores prácticas de contratación y socava la competencia en el mercado. Como tal, la Ley 141 perjudica o frustra los propósitos de PROMESA”, expuso el director ejecutivo de la JSF, Robert Mujica, en una carta cursada ayer al director de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), Francisco Domenech.
La ley también elevaba hasta $1 millón la posibilidad de que los municipios realizaran proyectos y compras sin subastas cuando hubiese una declaración de emergencia.
“Al elevar el umbral de subasta pública y contratación competitiva para los municipios de $200 mil a $500 mil (y $1 millón durante las declaraciones de emergencia), la Ley 141 desincentiva la competencia en el mercado y aumenta la probabilidad de que los municipios enfrenten costos más altos para los proyectos de construcción. Además, este cambio se aleja de la responsabilidad fiscal buscada por PROMESA, lo que se hace evidente cuando se compara con las prácticas de contratación en otras jurisdicciones de los Estados Unidos”, agrega Mujica en su misiva.
La JSF destacó que el umbral de contratación de Puerto Rico, previo a la Ley 141, ya era más alto que el de muchos estados, con excepción de Hawái y Colorado. Agregaron que el umbral de nuevos proyectos de construcción de la Ley 141 para los municipios sería aproximadamente diez veces mayor que otros estados con economías significativamente más grandes que Puerto Rico en su conjunto.
Sobre el análisis que realizaron el Departamento de Hacienda y la Oficina de Gerencia y Presupuesto, se indicó que fueron deficientes. “Además, numerosos estudios han demostrado que los procesos de adquisición competitivos resultan en costos más bajos en comparación con los procesos de compra de una sola fuente”, agregó Mujica en la carta en la que cita varias investigaciones sobre el tema.
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“El Gobierno debe esforzarse por promulgar leyes relacionadas con las adquisiciones que sigan las mejores prácticas y aseguren una contratación pública competitiva y fiscalmente responsable en todo el Gobierno, incluidos los municipios. Al elevar el umbral de contratación pública competitiva para proyectos de construcción o mejoras públicas en los municipios, la Ley 141 perjudica o frustra los propósitos de PROMESA, incluido el logro de la responsabilidad fiscal. Sin embargo, la Junta de Supervisión reconoce la importancia de que los municipios lleven a cabo proyectos de construcción o mejoras públicas con obstáculos mínimos, en particular durante tiempos de emergencia. Por lo tanto, la Junta de Supervisión está dispuesta a reunirse y discutir alternativas para enmendar la ley a fin de permitir una excepción limitada al requisito de procesos de contratación pública exclusivamente en casos de emergencias declaradas”, apuntó Mujica.
También se señala en la carta que el proceso de notificación a la JSF sobre esta ley no cumplió con los requisitos de un estimado formal o certificación. Se ordenó al Ejecutivo presentar los documentos que faltaron en o antes del 31 de enero. “Confirme también antes de esa fecha que la Ley 141 no se ha implementado y no se implementará a menos, y hasta que, la Junta de Supervisión certifique que cumple con PROMESA”, concluyó la carta en la que se establece que la JSF se reserva tomar las medidas necesarias para que la ley no se ponga en vigor.