El representante del Partido Nuevo Progresista (PNP), Jorge Navarro Suárez, presentó legislación para que las agencias de adopción no puedan ser demandadas si rechazan ofrecer servicios de adopción a parejas del mismo sexo.
Se trata del Proyecto de la Cámara 131 que busca enmendar el Artículo 20 de la Ley 61-2018, conocida como la “Ley de Adopción de Puerto Rico”, para conceder inmunidad legal contra demandas de discrimen a las agencias de adopción de base de fe cuando rechacen iniciar un proceso de adopción a favor de parejas del mismo sexo por razones religiosas.
Según la exposición de motivos de la medida, la libertad religiosa es un derecho fundamental en los Estados Unidos y Puerto Rico. La Primera Enmienda de la Constitución garantiza el derecho a “practicar su religión libremente”.
“Las agencias de adopción basadas en la religión deben quedar exentas de responsabilidad legal si optan por negar servicios a parejas del mismo sexo, dado que dicha decisión constituye una expresión de su libertad religiosa [...] Las agencias de adopción de base de fe deben operar con la certeza de que no serán obligadas a ofrecer servicios que contradigan sus creencias religiosas fundamentales”, lee la pieza legislativa.
“Al proteger estas agencias, también protegemos el bienestar de los niños y fomentamos un ambiente donde la diversidad de creencias pueda coexistir armoniosamente en nuestra sociedad”, agrega.
Ante ello, Navarro Suárez expresó: “Debemos fomentar que iglesias y comunidades religiosas aumenten su participación como agencias de adopción sin el temor a demandas”.