La semana pasada, un tribunal de Puerto Rico descalificó a cinco de las candidaturas nacionales del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) porque alegadamente tenían que haber cumplido con un requisito de recogido de endosos. Esta noticia es alarmante y motivo de indignación. Evidentemente el tribunal erró. Contrario al resultado del fallo judicial, el MVC, sus candidaturas, su liderato, y la oficina de su comisionada electoral actuaron conforme a la ley y los reglamentos aplicables y no debieron ser descalificados. Veamos.
El Código Electoral 2020 y el Reglamento de Radicaciones de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) establece que los endosos se habilitan a través del portal electrónico SIEN (Sistema de Endosos) de la CEE. Esto, porque desde este ciclo electoral 2024, ese proceso ya no se hará en papel. El recogido de endosos debe hacerse electrónicamente. Entonces, ya sea para inscribir un partido o para las personas aspirantes primaristas o candidaturas independientes, la CEE, a través del SIEN, debe habilitar primero a personas para que sean Funcionarias Autorizadas (FA), que son las personas que pueden recoger los endosos. Una vez la CEE hace esa autorización, entonces el SIEN permite que la FA recoja el endoso electrónico y luego, la CEE valida si el mismo cumple o no para serle sumado al número total que debe presentarse.
En cumplimiento con la ley y los reglamentos aplicables, la CEE les informó a todas las candidaturas del MVC, incluyendo la mía, por escrito lo siguiente: “Si su partido ha sido acogido por método alterno de selección según el Código Electoral de Puerto Rico de 2020 no es requisito presentar peticiones de endosos”. El tribunal admitió este hecho y aún así, descalificó a cinco candidaturas del MVC. Esto es un golpe contra la democracia, por eso, como pueblo, debemos unirnos y exigir que no sean los tribunales quienes decidan quienes tienen la posibilidad de elección. Por eso exigimos: ¡que el pueblo decida en las urnas!