Opinión

Derecho al aborto en el 2025

Lee aquí la columna del abogado estadista

Alejandro Figueroa + Columnista

Faltan 34 días para la toma de posesión a nivel federal, y hoy hablamos de la guerra legal que se avecina por los derechos de los estados. Por supuesto, esto involucra a Texas, el estado al que puede que no le guste que se metan con él, pero aparentemente no le importa meterse con los demás.

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Es posible que tenga un vago recuerdo de que el acceso al aborto en los últimos años se ha erosionado más rápido que un acantilado frente al mar, desde que el Tribunal Supremo, en 2022, otorgó a los estados el derecho a establecer sus propias reglas sobre la atención médica reproductiva. Desde entonces, 13 estados han promulgado prohibiciones casi totales del aborto y seis estados tienen límites después de seis a 12 semanas. Estas leyes, en conjunto, hacen que sea extremadamente difícil obtener un aborto en todo el sur de los Estados Unidos y dejan a casi 30 millones de mujeres viviendo bajo restricciones al aborto.

Las mujeres que buscan abortos tienen dos opciones: viajar fuera del estado o que se les envíen medicamentos, a menudo desde un estado que protege los derechos de las mujeres a la atención reproductiva. Desde la decisión de Dobbs, como se conoce la decisión del Tribunal Supremo, ocho estados, incluidos Nueva York y California, han promulgado las llamadas “leyes escudo”. Estas leyes están destinadas a proteger a los proveedores de atención médica, ahora conocidos como “proveedores de la ley escudo”, y a otros involucrados en la prestación de atención, ya sea en persona o a través de telemedicina, de las leyes de los estados con prohibiciones.

Muchas de estas leyes ofrecen salvaguardas, como negarse a cooperar con las investigaciones sobre los proveedores con sede en los estados escudos, pero brindar servicios a aquellos en estados con prohibiciones; negarse a extraditarlos si un estado con una prohibición intenta presentar cargos penales; o dando el derecho a aquellos demandados por estados con prohibiciones, o individuos, a demandar. Se estima que estas leyes han permitido a los proveedores enviar alrededor de 10,000 píldoras abortivas por mes a estados con restricciones, y brindan cierta medida de alivio a las mujeres que no tienen otras opciones.

Pero las leyes de protección se encuentran en gran medida en aguas constitucionales desconocidas porque, hasta ahora, los estados realmente no han luchado entre sí por leyes que podría entenderse confligen en la protección de los derechos de sus constituyentes. En general, la Constitución ordena a los estados cooperar con las sentencias judiciales de los demás estados para evitar el caos. Pero hay excepciones; aquí cobra relevancia el estado de Texas.

La semana pasada, el secretario de Justicia de Texas, Ken Paxton, demandó a la doctora de Nueva York Margaret Daley Carpenter, que brinda servicios de aborto por telemedicina. Carpenter presuntamente brindó tratamiento a una mujer de 20 años en el condado de Collin, Texas, en julio, que estaba embarazada de unas nueve semanas. Esa mujer terminó yendo al hospital. El hombre que la embarazó no sabía que estaba embarazada. Al enterarse, regresó a la casa, encontró evidencia de la receta de los medicamentos y, en una serie de eventos que aún no están claros, aquí estamos con el estado de Texas presentando el primer desafío a una “ley escudo”. ¿Y qué significa eso? Pues, mucho.

Es muy probable que este sea un caso complicado con múltiples resultados potenciales. Pero probablemente terminará en un tribunal federal dadas las controversias constitucionales que presenta, y llegará a la Corte Suprema.

La gran pregunta podría ser si Nueva York tiene que respetar la ley de Texas, algo que entraría dentro de la Cláusula de Plena Fe y Crédito de la Constitución. Respuesta corta: sí, en su mayoría. Quizás no. Texas tiene un caso más o menos decente, pero el problema más grande es que este no va a ser el único desafío para las “leyes escudo”. Posiblemente, el 2025 traerá consigo un sinnúmero de casos en que se ataquen las “leyes escudo” y los proveedores de protección bajo dichos estatutos. Probablemente, irán mucho más allá de que los médicos receten pastillas, y podrían incluir a personas que viajan a los estados azules para recibir atención; conductores que proporcionan transporte; proveedores de servicios de Internet por medio de los cuales se dan a conocer los medicamentos, básicamente cualquier persona involucrada en el proceso de obtener un aborto.

Algunos proveedores y pacientes simplemente estarán demasiado asustados para meterse en las guerras, lo que limitará aún más el acceso y las opciones. Una mujer de Texas, por ejemplo, al ver la demanda de Paxton, puede pensarlo dos veces antes de pedir píldoras abortivas para no ser nombrada en una demanda. O un médico de California puede decidir que ser un proveedor bajo la “ley escudo” es demasiado arriesgado.

Independientemente de la legalidad de esto, está definitivamente destinado a asustar a los proveedores y asustar a los pacientes.

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