Opinión

Proyecto del Senado 350: un llamado al sentido común

Lee aquí la columna del comisionado electoral de Proyecto Dignidad

La aprobación en Cámara y Senado del Proyecto del Senado 350, titulado Ley para la protección de la salud y el bienestar de los menores de edad en Puerto Rico, marca un gran avance en el esfuerzo por establecer límites claros en los procedimientos médicos y quirúrgicos que pretenden “alterar” el sexo biológico de niños y adolescentes. Ya desde el cuatrienio pasado, la representante Lisie Burgos, portavoz de Proyecto Dignidad en la Cámara, había presentado legislación al respecto, la cual fue ignorada. Hoy, esos esfuerzos pasados, y los presentes, han rendido fruto.

El mundo entero ha visto un cambio en las políticas relacionadas con las mal llamadas terapias de transición de género en menores. Países como Suecia, Noruega, Finlandia, Francia y el Reino Unido han reducido o prohibido el uso de bloqueadores de pubertad, argumentando efectos adversos y un respaldo insuficiente de la evidencia médica. De hecho, el Reino Unido implementó una prohibición indefinida para su uso en menores de 18 años luego de que una investigación conocida como la “Cass Review” revelara que los riesgos superan los beneficios potenciales.

Dentro de este marco, y de la orden ejecutiva firmada por el presidente Donald J. Trump el 28 de enero de 2025, titulada Protegiendo a los Niños de la Mutilación Química y Quirúrgica, el PS 350 subraya la necesidad de garantizar el bienestar integral de los menores como una prioridad estatal. El objetivo central del proyecto es proteger la salud física, mental y emocional de los menores, eliminando procedimientos hormonales y quirúrgicos dirigidos a atender la disforia de género mediante procesos de alegado cambio de sexo que son considerados como drásticos e irreversibles.

La propuesta plantea tres puntos clave:

  • Prohibición de procedimientos irreversibles: Ninguna institución médica, sea pública o privada, podrá realizar intervenciones hormonales o quirúrgicas que busquen alterar el sexo biológico de un menor de edad. Debe quedar claro que el proyecto no impide tratamientos hormonales requeridos médicamente para otros propósitos médicamente aceptados.
  • Restricciones: Las instituciones financiadas con recursos públicos tendrían prohibido destinar dinero para actividades relacionadas con dichas prácticas.
  • Sanciones claras: Las violaciones a esta ley incluirían penas de hasta 15 años de reclusión para los responsables, multas de hasta $50,000 para entidades implicadas, e incluso la revocación de licencias médicas.

Queda claro que este proyecto de ley prioriza el desarrollo natural de los menores, protegiéndolos de decisiones médicas impulsadas por presiones sociales rápidas o diagnósticos erróneos y prematuros.

La ciencia detrás de la medida

Numerosos estudios recientes han puesto en tela de juicio la seguridad y eficacia de los tratamientos hormonales para menores. Un análisis llevado a cabo por el Servicio Nacional de Salud (NHS) en el Reino Unido subraya que no existen datos a largo plazo que respalden la seguridad de los bloqueadores de pubertad o las terapias hormonales cruzadas, además de evidenciar que estos tratamientos podrían alterar el desarrollo óseo, neurológico y cognitivo de los menores.

Por ejemplo:

  • Un informe del Consejo para Elecciones en Atención Médica de Finlandia sostiene que los beneficios psicológicos de estas terapias son limitados, mientras los riesgos físicos son significativos.
  • Suecia, pionera en este tipo de procedimientos, revirtió su postura en 2021 y ahora prioriza la terapia psicoterapéutica como primera línea de atención en menores con disforia de género.

Las intervenciones médicas de transición de género han despertado una creciente alarma internacional, no solo por sus implicaciones, sino también por un aumento vertiginoso en los diagnósticos de disforia de género entre adolescentes. Entre 2008 y 2018, países como Suecia y Noruega reportaron aumentos de hasta 15 veces en los casos observados, especialmente entre niñas adolescentes. Organizaciones como la Academia Nacional de Medicina de Francia atribuyen parcialmente este aumento al impacto de las redes sociales en la percepción adolescente sobre el cambio de género.

Además, investigaciones sugieren que una gran proporción de estos menores presenta condiciones psicológicas como trastornos de ansiedad, TDAH y trastorno límite de la personalidad, generando preguntas sobre diagnósticos incorrectos o apresurados en estas decisiones médicas que pudiesen estar fomentados por intereses económicos, ya que estos tratamientos, además de costosos, requieren de atención y medicación continua por el resto de la vida.

En esencia, el Proyecto PS 350 tiene como objetivo principal garantizar que los menores de edad puedan crecer y desarrollarse sin intervenciones irreversibles que puedan limitar su potencial en el futuro. Es un asunto de sentido común proteger a nuestros menores de edad de estar expuestos a la mutilación o al tratamiento hormonal químico irreversible, cuya efectividad está siendo ampliamente cuestionada. Esperamos que pronto la gobernadora lo convierta en ley.

¡Adelante, con fe!

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