Blogs

Opinión de Rosa Seguí: La protección social en el desempleo

La portavoz del Movimiento Victoria Ciudadana, Rosa Seguí, habla sobre el derecho al desempleo de los empleados en medio de una pandemia

El pasado 16 de marzo, los secretarios del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, Carlos Rivera y del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, Manuel Cidre anunciaron la vergonzosa creación de un portal para que los patronos puedan no sólo publicar los nombres de personas quienes -a su juicio- deberían estar trabajando con salarios probablemente bajo el nivel de pobreza sino que además, detendrán el desembolso de fondos de manera preventiva hasta tanto culmine la investigación.

Según Rivera, el “fin primordial es robustecer la economía local y lograr que más personas se inserten al mercado laboral en cumplimiento con la regulación federal.” No hay nada más lejos de la verdad. El Secretario del Trabajo tiene el deber ministerial de “patrocinar, alentar y desarrollar los intereses y el bienestar de los trabajadores de Puerto Rico, laborar por mejorar sus condiciones de vida y de trabajo y promover sus oportunidades para obtener empleos lucrativos, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución”. Evidentemente, exigir que regresen a un trabajo cuyo salario es menor a la ayuda de desempleo es lo contrario a promover un empleo lucrativo. No hay manera alguna que -ni las trabajadoras ni la economía- “se puedan robustecer” con salarios de pobreza o peor aún, deteniendo el pago de las ayudas por desempleo.

Lo que deberían hacer es aumentar el salario mínimo y publicar los patronos que pagan menos a las mujeres que a los hombres, los que discriminan, los que adeudan salarios, los que incurren en prácticas ilícitas del trabajo y que pagan salarios por debajo del nivel de pobreza, etc. Exhortamos a los secretarios a poner en vigor la Sección 20 de la Carta de Derechos, que en lo pertinente, reconoce como un derecho humano “el derecho de toda persona a disfrutar de un nivel de vida adecuado que asegure para sí y para su familia la salud, el bienestar y especialmente la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. El derecho de toda persona a la protección social en el desempleo, la enfermedad, la vejez o la incapacidad física.”

Síguenos en Google News:Google News

Lo Último