La senadora del Partido Nuevo Progresista (PNP). Evelyn Vázquez radicó un proyecto que busca limitar los cargos que cobran las empresas de boletería para eventos artísticos o deportivos, pues asegura ha recibido decenas de quejas de ciudadanos por los cargos cuando compran boletos por internet.
El Proyecto del Senado 421 busca crear la ‘Ley para la Protección del Consumidor en Eventos Deportivos, Artísticos, Culturales y Recreativos en la Compra de Boletería Electrónica’. La medida pretende establecer como política pública -del Gobierno- la protección del consumidor en las transacciones de boletería para la adquisición de accesos a actividades culturales, artísticas, deportivas y recreativas, así como también la reglamentación necesaria para la implementación y la multa a la que se expone el comercio de hacer caso omiso a la misma.
“En momentos de crisis fiscal, en el cual miles de familias en Puerto Rico buscan ocupar su tiempo libre en la participación de conciertos, obras de teatrales, eventos culturales y deportivos locales, urge la transparencia en las transacciones económicas que los consumidores realizan y el establecimiento de algunos parámetros que eviten la facturación excesiva al momento de que determinado consumidor adquiera servicios de un vendedor virtual o mediante un sistema digital a través de las redes sociales”, indica la autora de la medida.
La queja más frecuente de los consumidores gira en torno a que, muchas veces, las compañías que se dedican a la venta de boletos esconden algunos cargos en la factura, convirtiéndolos así en cargos fantasmas y hasta abusivos.
De acuerdo con Vázquez Nieves, los cargos por toda transacción realizada por el consumidor de manera electrónica para la compra de boletería, “no deberán exceder del 10 % del monto total de la cantidad de la compra realizada. La sumatoria de todos los cargos de boletería, no deberá exceder de la cantidad antes mencionada. Para determinar este 10%, no se tomará en consideración el monto correspondiente al impuesto estatal y municipal, de ser aplicable. Toda transacción deberá identificar a qué corresponde cada partida económica que le ha sido facturada, además del costo del boleto, incluyendo, pero sin limitarse, impuesto, cargos por transacción y cargos por servicio, entre otros”.
“Algunos consumidores han reportado cargos por servicios en exceso de un 15% para la compra de entradas a un concierto, esto en adición al 11.5% del IVU, haciendo, en ocasiones, de una actividad recreativa o de esparcimiento sencilla, una en exceso onerosa”, señaló en declaraciones escritas la senadora por el Distrito de Mayagüez- Aguadilla.
De hecho, y según la medida senatorial, el incumplimiento de la misma, de convertirse finalmente en ley, conlleva una multa de $500.00 por transacción. A estos fines, el dinero recaudado, por concepto de las multas, inmediatamente, ingresa a un ‘Fondo Especial para la Atención de Niños con Necesidades Especiales y para las Víctimas del Crimen”.