A casi una semana de que comiencen las Fiestas de la Calle San Sebastián, es preciso que conozcas los lineamientos de la ordenanza municipal que regula la actividad y que fue expedida por la administración de la alcaldesa Carmen Yulín Cruz.
El documento, que fue aprobado en noviembre del pasado año, señala que el evento se extenderá desde el miércoles 16 de enero hasta el domingo 20 del mismo mes.
No obstante, ya el 14 de enero se prohibirá el estacionamiento en las calles San Sebastián, Norzagaray, Morovis, del Cristo, MacArthur, General Estévez, Imperial, Virtud, Mercado, Pelayo, San Francisco, Santiago Iglesias, Luna, Francisco Rufino, Muñoz Rivera y Constitución.
Para los residentes de la zona histórica capitalina, por otro lado, los límites de estacionamiento comenzarán el 15 de enero. De forma que las autoridades puedan identificar el vehículo de los residentes, estos deben colocar en el parabrisas el sello municipal. Esta identificación que tendrán los residentes no podrá emplearse con fines pecuniarios, como para gestionar Uber o Taxis.
De acuerdo con la Ordenanza No. 4 del 2018, los negocios de bebidas alcohólicas abrirán de 8:00 a. m. a 12:00 a. m. de miércoles a sábado, mientras el domingo deberán cerrar a las 10:00 p. m. Empero, quedarán eximidos de esta disposición los hoteles que vendan bebidas embriagantes en su interior y que cuenten con la certificación de la Compañía de Turismo.
El municipio de San Juan también denegará la entrada a vehículos pesados, food trucks, camiones y vanes durante el evento, a menos que no formen parte de una producción.
Asimismo, los party bus quedarán fuera de las Fiestas de la Calle San Sebastián de este año.
Limitaciones a las empresas
El documento prohíbe que las empresas repartan productos promocionales o muestras de artículos comerciales en la isleta de San Juan durante las fiestas, a menos que cuenten con la autorización de la Oficina de Permisos del municipio. Los inflables promocionales también quedaron fuera de la actividad este año. La ciudad capitalina ha decidido no avalar la rotulación temporal sobre fachadas públicas o cualquier espacio público, incluida la rotulación temporal para verse al exterior a través de cristales. Si alguna compañía incumpliera con estas disposiciones, podría ser multada por $5,000.
Mientras, toda persona que integre comparsas de índole comercial podría ser multada con $1,000.
Por el contrario, el municipio de San Juan sí está habilitado para repartir y vender material alusivo a las fiestas de la calle durante el fin de semana, para sufragar gastos relacionados con estas.
Otras disposiciones
La ordenanza municipal detalla que ningún comerciante podrá operar durante las fiestas sin cobrar el Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU). De violar este estatuto, las personas podrían enfrentarse a una multa de $5,000.
Entretanto, los artefactos tipo drones no se permitirán.
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