Muchas veces no tenemos el tiempo para hacer las faenas del hogar, en especial las de limpieza. Es por ello que recurrimos a individuos o personas particulares que ofrecen sus servicios a cambio de una retribución económica accesible al bolsillo. Esa tendencia se utiliza también para contrataciones de personal dedicado a la jardinería, trabajos de mejoras al hogar y cuidado de niños o ancianos, entre otros servicios.
La Ley especifica que cuando contratamos personas para realizar trabajos del hogar, nos convertimos en patronos. Es importante que conozcamos por qué debemos estar protegidos y que existe una póliza de seguro para la contratación de servicios a domicilio, la cual ofrece inmunidad patronal al que la adquiere. De igual manera le brinda la garantía de que no será demandado por una persona que esté trabajando en su hogar y sufra un accidente o lesión. El patrono doméstico no asegurado podría ser demandado civilmente por daños y perjuicios, y tendría que responder por los daños sufridos por ese trabador, tanto en lo económico como en los gastos médicos y de rehabilitación en que incurra la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) para atender a ese obrero.
Ahora bien, el patrono tiene la garantía de inmunidad patronal, ya que la Corporación del Fondo del Seguro del Estado responderá para que ese trabajador reciba el tratamiento médico necesario para su pronta rehabilitación y se encargará de otorgar una compensación económica de acuerdo a la reglamentación bajo la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo. El costo de la póliza doméstica va a depender de la nómina invertida en los salarios de los trabajadores contratados, pero comienza en tan solo $99 dólares. Existen dos tipos de pólizas: la regular o permanente y la eventual. La póliza regular o permanente se refiere a actividades de manera continua, recurrente o por un periodo de tiempo indeterminado. Ejemplo de esto sería la contratación de una empleada doméstica o un jardinero, entre otros servicios. La póliza eventual se utiliza en aquellos casos en que la persona desea realizar cambios al plano original de su residencia, tales como: construcción, alteraciones a la estructura y demolición, entre otros y durará hasta que se termine el trabajo que se esté realizando.
Los beneficios que ofrece esta póliza son únicos y redundan en un gran alivio para los patronos que la requieren. Si usted es un patrono en su propio hogar y aún no está asegurado, está a tiempo para formalizar su póliza, para que pueda tener la tranquilidad y la confianza de que la Corporación del Fondo del Seguro del Estado responderá por usted en caso de que un trabajador sufra alguna lesión o accidente en su hogar y además le protegerá con la garantía de inmunidad patronal. Para más información visite www.fondopr.com