El derecho y el reconocimiento por parte del Estado del matrimonio entre parejas del mismo sexo no se alterará por la opinión que diera el martes el juez de la Corte federal en San Juan Juan Pérez Giménez, respecto a que este estatuto federal no aplica a los territorios de EE. UU.
Así lo aseguró el gobernador Alejandro García Padilla al expresar que “el derecho fundamental al matrimonio igualitario ha sido validado y ordenado por el Tribunal Supremo Federal y por el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito de Boston. Voy a respetar las determinaciones de tribunales de superior jerarquía que, agraciadamente, ordenan un proceder muy distinto al que propone el juez Pérez Giménez”. A preguntas de este diario, La Fortaleza aseguró que en nada cambia el proceso de la solicitud y expedición de las licencias matrimoniales a las parejas homosexuales que administra el Registro Demográfico.
Esta postura la reforzó el secretario de Justicia, César Miranda, quien precisó que “la orden de la Corte Federal para el Distrito de San Juan no altera la validez de los matrimonios contraídos en Puerto Rico entre parejas del mismo sexo y tampoco impide darle reconocimiento a aquellos matrimonios contraídos en otras jurisdicciones”.
La reafirmación del derecho al matrimonio que poseen las personas del mismo sexo, surge luego de que el martes el juez federal Pérez Giménez en su opinión en el caso Conde v. ELA considerara que no era legal tales matrimonios en la Isla.
En su orden, el togado señala que la enmienda y la cláusula constitucional que utilizó el Tribunal Supremo federal para validar los matrimonios gays no está incorporada a la relación de Puerto Rico con EE. UU. Además, expuso que tanto el Tribunal Supremo federal, el Alto Foro de la isla como la Legislatura tenían que aclarar la aplicabilidad de este derecho en el país.
Sobre la controversia, el abogado constitucionalista Carlos Ramos, reiteró que la decisión no afecta el que las personas homosexuales se puedan casar porque “el estado de derecho en Puerto Rico es la decisión del Tribunal Supremo de los EE. UU. Además, el asunto ya también lo había decidido indirectamente el Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso que llevó la representante [María Milagros] Charbonier” en el que la representante trató de que se invalidara la decisión del Tribunal Supremo federal sobre el matrimonio igualitario.
“La decisión del juez Pérez Giménez, que a mi juicio es errada, es inconsecuente para el estado de derecho en Puerto Rico. Nadie tiene que preocuparse de que pueda ejercer su derecho fundamental a casarse y que el Código Civil de Puerto Rico no es un impedimento”, aclaró Ramos, toda vez que el Artículo 68 del Código Civil de Puerto Rico establece como definición de matrimonio la unión civil entre un hombre y una mujer.
La opinión del juez Pérez Giménez aplica solamente al caso que lleva la de la licenciada Ada Conde junto a su esposa y otras parejas gays desde el año 2014, antes de la determinación del Supremo federal el 26 de junio de 2015 con el caso Obergefell v. Hodges. El caso de la también abogada pide al Gobierno de Puerto Rico que se reconozcan los matrimonios de parejas homosexuales contraídos en otras jurisdicciones.
Ante esto, Conde dijo que la opinión de Pérez Giménez es un “absurdo jurídico” porque el Tribunal del Primer Circuito de Boston ya “le había solicitado que decidiera a tenor con lo que había decidido el Tribunal Supremo”.
“Definitivamente, vamos a apelar la decisión. Entendemos que cuando esto vaya a Boston no va a ser mayor controversia y va a ser una decisión rápida cuando le digan: ‘aténgase a las consecuencias de nuestra orden del 8 de julio de 2015”. En esa fecha, el tribunal de Boston declaró inconstittucional el artículo 68 del Código Civil de Puerto Rico, mientras devolvió el caso para que la Corte de Distrito dictase sentencia final.
Entre la confusión que generó la opinión del juez Pérez Giménez, varias organizaciones reaccionaron. Tal fue el caso de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), que apuntó a que la Legislatura debe refejar y dejar claro la decisión del Supremo.
“Si realmente creen en la equidad quedan estos obligados a tomar acción para derogar los artículos del Código Civil de Puerto Rico”, reza su comunicación.