Un juez determinó hoy que no se puede suspender el pago de salarios de los maestros como medida punitiva por incumplimiento con las directrices de la secretaria de Educación, Julia Keleher, contenidas en una carta emitida por la funcionaria en enero.
El grupo Educamos (Educadores/as por la Democracia, Unidad, Cambio, Militancia y Organización) llevó a la secretaria de Educación, Julia Keleher, a la corte con un entredicho provisional para que se paralizara los efectos de la carta del 19 de enero de este año, en lo que dilucidaba los méritos del caso presentado ante el juez Anthony Cuevas, de la sala de recursos extraordinarios del Tribunal de San Juan.
Estos solicitaron igualmente un injuction preliminar y permanente en el que se le ordene a Keleher que se abstenga de suspender de forma ultra vires el pago de salarios por depósito directo o cualquier otra manera como medida castigadora a aquellos maestros que no cumplan con ciertas directrices de la secretaria de educación.
El entredicho les había sido otorgado a los demandantes el mes pasado.
Hoy, en vez de conceder la desestimación de la demanda como pidió el Departamento de Educación, el juez Cuevas, ordenó mediante sentencia a Keleher descontinuar su práctica.
La controversia giró en torno a los terminales biométricos en los que los maestros registran su asistencia. Muchos de estos no pudieron hacerlo por diferentes razones, entre ellas en escuelas en que no había electricidad. Pero la carta del 19 de enero obligaba so pena de sanciones salariales, que llegaron a efectuarse, aunque tuviesen que ir a las oficinas regionales para hacerlo.
También se permite la registración mediante la forma de listas en poder de los directores de escuelas, alternativa que fue usada.
Para el juez, las sanciones que impuso Keleher “es la aplicación automática de una medida disciplinaria sin seguir los procedimientos que exige el debido proceso de ley las normas reglamentarias del Departamento de Educación” y detuvo dicha práctica de la secretaria Keleher “so pena de desacato”.
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