El Tribunal Supremo paralizó la determinación del tribunal de primera instancia que declaró inconstitucional a las escuelas chárters.
La opinión emitida por el Juez Asociado Luis Estrella dispone la legalidad de las escuelas chárters y los vales educativos, según establecido en la Ley 85 de Reforma Educativa del Departamento de Educación (DE).
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Sentencia:
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“Según lo dispone la propia ley, no veo impedimento alguno a que una organización sin fines de lucro desee aportar su estructura y capital humano para establecer una alianza con el Departamento de Educación”, reza la decisión del máximo foro.
El juez, a su vez, apuntó a que el modelo de las escuelas chárter no se aleja del actual modelo del DE de contratación de proveedores de servicios educativos.
Sin embargo, Estrella aclaró que se debe mantener la naturaleza pública de los empleados del DE que laborarán en las escuelas chárters.
“No pueden ser obligados de forma automática a perder su interés propietario en sus empleos públicos y convertirse en empleados privados de la entidad”, señaló el juez.