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Representantes se unen a medida para eliminar la colegiación compulsoria

Los proyectos se radicarán por el representante José Aponte

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Sobre 15 representantes del Partido Nuevo Progresista (PNP) se hicieron coautores de los proyectos que buscan eliminar el requisito de colegiación obligatoria para que las personas puedan ejercer sus profesiones debidamente certificadas y reguladas que propuso el expresidente de la Cámara de Representantes, José Aponte.

Los representantes Maricarmen Mas, Yashira Lebrón, Nelson Del Valle, Pedro Julio ‘Pellé’ Santiago, Guillermo Mirada, José ‘Che’ Pérez, José ‘Memo’ González, Joel Franqui, Félix Lassalle, José Alberto Banch, Jackeline ‘Jackie’ Rodríguez, Michael Abid Quiñones, Urayoán Hernández, Néstor Alonso, Lourdes Ramos y María Milagros Charbonier, entre otros.

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“La colegiación compulsoria tiene que ser cosa del pasado. Es algo antidemocrático y va en contra de las mejores prácticas laborales. En Puerto Rico una persona que ejerza una de las 27 profesiones contenidas en los proyectos de ley a ser presentados hoy lo hace bajo el amparo de las más rigurosas regulaciones, pues las mismas tienen una Junta Examinadora, adscrita al Departamento de Estado, que regula y supervisa la práctica. Por ende, no es necesario obligarlos a estar en un asociación o colegio, y tener que pagar cuota para ello, eso debe ser totalmente discrecional”, comentó Mas en declaraciones escritas.

Los proyectos a radicarse el lunes por Aponte liberan del requisito de colegiación obligatoria a los administradores servicio de salud, agrónomos, barberos, consejeros en rehabilitación, contadores públicos autorizados, delineantes, dentistas, diseñador-decorador de interiores, enfermeras, especialistas en belleza, farmacéuticos, ingenieros, agrimensores, arquitectos, médicos veterinarios, médicos, nutricionistas, dietistas, ópticos, optómetras, peritos electricistas, planificadores profesionales, plomeros, productores de espectáculo, químicos, técnicos de refrigeración y aire acondicionado, tecnólogos médicos, terapistas ocupacionales, trabajadores sociales y actores.

El Tribunal Supremo de Puerto Rico dejó establecido el poder del Estado para reglamentar el derecho de una persona para ejercer una profesión u oficio. En San Miguel Lorenzana v. E.L.A., 134 D.P.R. 405 (1993), el Alto Foro Judicial expresó que “en el ejercicio de su poder regulador, el Estado tiene facultad para regular y controlar la práctica de las profesiones a fin de proteger la salud y el bienestar público, a la vez que evita el fraude y la incompetencia. También puede prohibir la práctica de una profesión, a menos que primero se obtenga una licencia, permiso o certificado de alguna entidad u oficial examinador”.

“Siempre he sostenido que no debe obligarse a nadie a pertenecer a un grupo, eso debe ser por deseo. Estas medidas hacen realidad esta justicia laboral para nuestros profesionales. Les permite liberarse del requisito de pagar cuotas, sí así lo desean, para estar en un colegio que no los regula, pues eso lo hace las diversas juntas examinadoras. Por eso apoyamos esta iniciativa y esperamos que la misma se convierta en ley muy pronto”, dijo González.

De igual manera se expresaron los demás representantes novoprogresistas quienes afirmaron que las medidas van de la mano con la jurisprudencia vigente.

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