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Obispo de Arecibo lamenta decisión sobre Libertad Religiosa

El Obispo de Arecibo, Monseñor Daniel Fernández Torres, lamentó el jueves la decisión del gobernador Ricardo Rosselló de retirar el proyecto de Libertad.

El Obispo de Arecibo, Monseñor Daniel Fernández Torres, lamentó el jueves la decisión del gobernador Ricardo Rosselló de retirar el proyecto de Libertad Religiosa y urgió a “que se proteja este derecho fundamental en Puerto Rico”.

“Las amenazas a la libertad religiosa no son nuevas. Las diferentes administraciones a través de los años han puesto en entredicho la libertad religiosa en nuestro país, por ejemplo, con las pasadas políticas de educación sexual e ideología de género en las escuelas, donde la libertad religiosa de los maestros con convicciones religiosas se veía en entredicho, al ser obligados a enseñar a sus estudiantes conceptos ajenos a la materia para la cual fueron contratados y que abiertamente contradecían sus más profundas convicciones de fe. De igual modo, en el año 2007, nuestro periódico católico El Visitante reseñaba la historia de las enfermeras que por años habían ayudado a venir al mundo a los bebés en la sala de parto del hospital universitario en Centro Médico, quienes en ese año pretendían ser obligadas a asistir abortos, tras un nuevo protocolo de terminaciones de embarazo implantado en la institución”, expresó Fernández Torres en declaraciones escritas.

“Los ejemplos citados demuestran cómo en nuestro país, personas que no fueron contratadas para participar de actividades que atenten su libertad religiosa, luego de años de servicio en su empleo, pueden terminar siendo obligadas a actuar en contra de su fe de forma inesperada, y como consecuencia de ello, enfrentar el discrimen, amenazas y hasta la pérdida de su trabajo”, prosiguió.

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El prelado concluyó con una cita del Concilio Vaticano II: “la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa. Esta libertad consiste en que todos los hombres han de estar inmunes de coacción, tanto por parte de individuos como de grupos sociales y de cualquier potestad humana, y esto de tal manera que, en materia religiosa, ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, sólo o asociado con otros, dentro de los límites debidos. (…) Este derecho de la persona humana a la libertad religiosa ha de ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad, de tal manera que llegue a convertirse en un derecho civil” (Declaración Dignitatis Humanae, número 2).

El proyecto de la Cámara 2069 ordenaba el mecanismo de acomodos razonables para empleados públicos que no quieran atender ciudadanos por creer que su conducta choca con sus creencias religiosas.

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