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Departamento de Salud emite directrices para la venta de cáñamo

El Departamento de Salud estableció nuevas directrices para la distribución y venta de productos derivados del cáñamo, incluido el CBD.

Ante la falta de jurisdicción de la Junta Reglamentadora del Cannabis Medicinal en Puerto Rico, el Departamento de Salud estableció nuevas directrices para la distribución y venta de productos derivados del cáñamo, incluido el CBD.

En una carta circular del Departamento, firmada por el secretario Rafael Rodríguez Mercado, se indica que, aunque este producto no es una sustancia controlada, sí está altamente regulada por otras disposiciones de ley de la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA por sus siglas en inglés), quienes prohíben su venta como alimento o suplemento dietético, y prohíbe cualquier tipo de reclamo o alegación curativa, terapéutica o medicinal.

Por estas razones, Rodríguez ordenó a todos los establecimientos que vendan estos productos, que deberán colocar un rótulo visible y legible donde se indique que estos no son medicamentos ni tienen efectos curativos, que tampoco son suplementos nutricionales o dietéticos ni alimentos.  Además, deben advertir que podría tener efectos secundarios.

El letrero debe incluir, asimismo, que el CBD es potencialmente dañino y que existen riesgos reales que deben considerarse antes de ingerirlo.

El cáñamo es una planta de género cannabis y cualquier parte de ella, independientemente de si esté creciendo o no, contiene THC, que es el ingrediente activo de la planta de cannabis.

Por su parte, el CBD se refiere a Cannabiodil en cualquier concentración.

Si no cumpliera, la persona o entidad que venda estos productos estará sujeta a las penalidades correspondientes, que no fueron detalladas en la carta.

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