El secretario del Departamento de Hacienda (DH), Francisco Parés Alicea, informó el martes la suspensión de la Licencia de Rentas Internas al establecimiento Prime Sport Bar, por violación a la Orden Ejecutiva 2020-23 del 15 de marzo que establece un Toque de Queda y prohíbe la operación de ciertos negocios que propicien la reunión de ciudadanos, como parte de los esfuerzos del gobierno por detener el contagio del COVID-19.
“Siguiendo los procedimientos dispuestos en el Código de Rentas Internas, el 17 de marzo de 2020, el Departamento le envió una comunicación electrónica, a través de la cuenta del Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI), a la propietaria del Prime Time Sport Bar, localizado en la zona turística de Condado, notificando un Aviso de Intención de Suspensión de Licencia Bajo Disposiciones de la OE 2020-23”, explicó el funcionario en declaraciones escritas.
Parés Alicea dijo que se le brindó oportunidad a la comerciante para exponer las razones por las que el Departamento no debería proceder con la suspensión de la licencia de bebidas alcohólicas, lo cual fue ignorado. Destacó que luego de la suspensión de licencia, el comercio continuó con la venta de bebidas alcohólicas, por lo que agentes de Rentas Internas y del Negociado del Impuesto al Consumo intervinieron y confiscaron la mercancía.
Indicó que este es el primer establecimiento al que se le suspende la Licencia de Traficante al Detalle de Bebidas Alcohólicas desde que entró en vigor la OE 2020-23. Entre el martes 17 y el viernes 20 de marzo, el Departamento inspeccionó 2,764, establecimientos y se realizaron ocho orientaciones sobre las operaciones de establecimientos.
El secretario, indicó que el personal de Hacienda se mantendrá en la calle evaluando el cumplimiento.
Precisó que la Sección 6023.03 del Código de Rentas Internas de 2011, según enmenda, confiere la autoridad al Secretario de Hacienda para revocar o suspender las licencias de bebidas alcohólicas a todo poseedor que violare los reglamentos o las normas establecidas por el secretario o cualquier otra causa razonable y justa después de oír a la persona interesada.
De no estar de acuerdo con la determinación del Departamento, el comerciante podrá recurrir, mediante la radicación de una querella al amparo de la Ley Núm. 38 de 30 de junio de 2017, según enmendada, conocida como la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.
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