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Emiten comunicación sobre embarcaciones recreativas luego de denuncias por llegada de barcos pequeños a varias marinas

Emiten comunicación sobre embarcaciones recreativas luego de denuncias por llegada de barcos pequeños a varias marinas costeras.

El secretario de Asuntos Públicos de La Fortaleza, Osvaldo Soto García, hizo un resumen el domingo de la respuesta del Gobierno de Puerto Rico a la emergencia relacionada al COVID-19 coronavirus.

Luego de que Roberto Ramírez Kurtz, alcalde de Cabo Rojo le informara a NotiCentro que había 17 veleros anclados en la bahía, Fortaleza emitió una comunicación sobre las embarcaciones.

En el caso del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales:

  1. Como excepción se permite la entrada de embarcaciones de otras jurisdicciones únicamente a las siguientes cuatro marinas Club Náutico de San Juan, Club Náutico de Boquerón, Club Náutico de Ponce y Marina Puerto del Rey de Fajardo en circunstancias de emergencia que ponga en peligro la vida de los tripulantes o actividad directamente ligada a la seguridad de las embarcaciones, previo a la autorización de su entrada por la marina, la coordinación con el Cuerpo de Vigilantes y la autorización de la Guardia Costanera (tal como desperfectos mecánicos o emergencias médicas).
  2. Se permite el uso de las marinas por embarcaciones relacionadas a la pesca comercial, por ser parte de la cadena alimentaria.
  3. Se permitirá la entrada de personas en las marinas cuyas embarcaciones sean su residencia principal y dicha embarcación haya estado anclada a la marina desde el 14 de marzo del 2020 y no haya zarpado durante ese periodo de tiempo.
  4. Se prohíbe el uso de las marinas como puerto de entrada a Puerto Rico de personas provenientes de otras jurisdicciones que no sea la de Puerto Rico.
  5. Se emitió la comunicación 2020-07C para aclarar que está prohibido que zarpen o atraquen embarcaciones de o a la marina para uso recreativo.
  6. Si la entrada es por emergencia médica:
  7. La persona enferma o accidentada deberá ser llevada directamente al hospital más cercano al puerto de entrada
  8. Sus acompañantes deberán continuar con su travesía o si los acompañantes deciden permanecer en Puerto Rico deberán entrar en cuarentena por un periodo de catorce (14) días
  9. Se deberá cumplir estrictamente con el Plan de Preparación y Respuesta ante el Coronavirus Novel 19 COVID-19 del Departamento de Salud de Puerto Rico.
  10. Si la entrada es por desperfectos mecánicos:
  11. Sus tripulantes y embarcación solo deberán permanecer en puerto mientras duren las reparaciones
  12. Sus tripulantes deberán permanecer dentro de la marina durante toda la estadíaUna vez terminadas las reparaciones todos sus tripulantes deberán continuar con su travesía.
  13. Si la entrada es por falta de combustible o artículos de primera necesidad imprescindibles para completar la travesía previamente planificada a otro puerto que no sea las marinas designadas:
  14. Solo se reabastecerá de combustible o adquirirá los artículos de primera necesidad dentro de la marina.
  15. Deberá permanecer en todo momento dentro de la marina mientras se reabastece de combustible o se adquieren los artículos de primera necesidad.
  16. Solo deberá permanecer en puerto mientras duren el reabastecimiento de emergencia de combustible o la adquisición de los artículos de primera necesidad.
  17. Una vez terminado el reabastecimiento de combustible o la adquisición de los artículos de primera necesidad deberá continuar con TODOS sus tripulantes su travesía.

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