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Legislan para que pacientes bariátricos puedan consumir menú de niños en restaurantes

Legislan para que pacientes bariátricos puedan consumir menú de niños en restaurantes. El Proyecto del Senado 1586 fue presentado por Carmelo Ríos

Comer en restaurantes o establecimientos de comida rápida suele ser un dolor de cabeza para la mayoría de los pacientes bariátricos en la isla. Esto se debe a que no existe una regulación que les permita ingerir alimentos del menú de niños, los cuales tienden a tener la porción recomendada para ellos. Sobre este particular, el portavoz de la mayoría en el Senado, Carmelo Ríos, radicó un proyecto para que esta población tenga acceso a las raciones necesarias para continuar su estilo de vida saludable.

Además, el Proyecto del Senado 1586 dará paso a la existencia de la “Ley de la Tarjeta de Pacientes Bariátricos”. Dicho documento será para identificar pacientes operados de obesidad mórbida, facilitando así que los establecimientos puedan darle alternativas con porciones de alimentos adecuados.

“El problema de la obesidad en Puerto Rico es altamente preocupante. Para que tengan una idea, en 2018 el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) realizó un estudio donde destacaba que un 35.8 por ciento de los puertorriqueños tiene sobrepeso y el 30.7 por ciento posee obesidad. Desafortunadamente, los pacientes bariátricos aún enfrentan grandes retos médicos y sociales con los que deben lidiar. Una de las formas en la cual se les puede ayudar a lograr sus metas, de una mejor calidad de vida, es facilitar que ordenen alimentos del menú de niño o su equivalente en todo restaurante y establecimiento. De esta forma, ingerirán porciones más pequeñas. Todo esto se realizará utilizando una tarjeta de identificación otorgada por el profesional médico que le haya realizado el procedimiento”, destacó Ríos.

Por otro lado, la tarjeta debe contener la fecha en la cual fue realizada la cirugía, el nombre y la firma del profesional de la salud. Además, será libre de costo. La medida especifica que también estarán obligados a realizar el ajuste los dueños de establecimientos rodantes.

Quienes violenten esta ley se exponen a multas impuestas por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) las cuales pueden fluctuar entre $500 a $2 mil.

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